Subvencionesa Entidades Locales para el fomento de las explotaciones de ganado en régimen extensivo y mejora de los pastos comunales.

Código de ayuda:

S21073/04

Norma:

Decreto 2328/04, de 16 de julio de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 16/08/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar las explotaciones de ganado en régimen de extensivo y la mejora de pastos comunales -o de pastos que, sin tener la consideración de comunales en el Inventario de Bienes, sen utilizados por el común de los vecinos- cuya titularidad corresponda a Entidades Locales de la provincia de Salamanca, con el objetivo de mantener un equilibrio productivo y una explotación racional de los recursos agroganaderos y de dotarles con infraestructuras adecuadas y permanentes que permitan mejorar las condiciones de acceso del ganado al agua, así como su traslado y manejo.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Diputación Provincial de Salamanca (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

No podrá exceder del 50% de los gastos ni de la cantidad de 6.000,00 euros por solicitante.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales de la provincia de Salamanca.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La construcción, restauración, reparación o mejora, tanto en las explotaciones de ganado como en los pastos, de alguna de las siguientes construcciones ganaderas:
– Mangas, muelles y corrales para el manejo y pesaje de animales.
– Balsas.
– Abrevaderos.
– Cercas.

Los gastos corrientes que de manera indubitada guarden directa relación con la actividad subvencionada relativos a:
– Honorarios técnicos de redacción de proyectos y dirección de las obras relativas a las construcciones subvencionables.
– Los derivados del empleo de personal al servicio de la Entidad Local solicitante, cuando se trate de contrataciones realizadas única y exclusivamente para llevar a cabo la actuación por la que se solicita ayuda, circunstancia esta que deberá ser debidamente acreditada.
– Los derivados de la adquisición de materiales, cuando las actividades subvencionables se vayan a ejecutar directamente por la propia Entidad Local.
– Los trabajos realizados por empresas para la ejecución de las actividades subvencionables, cuando no se vayan a ejecutar directamente por la propia Entidad Local.

Requisitos:

– Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
– Hallarse al corriente de las obligaciones devengadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2003, respecto de la Diputación, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
– No concurrir en la Entidad Local solicitante las circunstancias establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en aquellos aspectos que pueda resultarle de aplicación.

Documentos asociados

Boletín: 23/07/2004
BO Provincia de Salamanca- Nº 141
Documento: Bases, Convocatoria y Solicitud Descargar Documento