Subvencionesa Entidades Locales para el fomento de las explotaciones de ganado en régimen extensivo y mejora de los pastos comunales.
Código de ayuda:
S21073/04Norma:
Decreto 2328/04, de 16 de julio de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/08/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
Fomentar las explotaciones de ganado en régimen de extensivo y la mejora de pastos comunales -o de pastos que, sin tener la consideración de comunales en el Inventario de Bienes, sen utilizados por el común de los vecinos- cuya titularidad corresponda a Entidades Locales de la provincia de Salamanca, con el objetivo de mantener un equilibrio productivo y una explotación racional de los recursos agroganaderos y de dotarles con infraestructuras adecuadas y permanentes que permitan mejorar las condiciones de acceso del ganado al agua, así como su traslado y manejo.Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Localización del organismo gestor

Convoca:
Diputación Provincial de Salamanca (Castilla y León)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
No podrá exceder del 50% de los gastos ni de la cantidad de 6.000,00 euros por solicitante.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Las Entidades Locales de la provincia de Salamanca.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
La construcción, restauración, reparación o mejora, tanto en las explotaciones de ganado como en los pastos, de alguna de las siguientes construcciones ganaderas:– Mangas, muelles y corrales para el manejo y pesaje de animales.
– Balsas.
– Abrevaderos.
– Cercas.
Los gastos corrientes que de manera indubitada guarden directa relación con la actividad subvencionada relativos a:
– Honorarios técnicos de redacción de proyectos y dirección de las obras relativas a las construcciones subvencionables.
– Los derivados del empleo de personal al servicio de la Entidad Local solicitante, cuando se trate de contrataciones realizadas única y exclusivamente para llevar a cabo la actuación por la que se solicita ayuda, circunstancia esta que deberá ser debidamente acreditada.
– Los derivados de la adquisición de materiales, cuando las actividades subvencionables se vayan a ejecutar directamente por la propia Entidad Local.
– Los trabajos realizados por empresas para la ejecución de las actividades subvencionables, cuando no se vayan a ejecutar directamente por la propia Entidad Local.
Requisitos:
– Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.– Hallarse al corriente de las obligaciones devengadas con anterioridad al 31 de diciembre de 2003, respecto de la Diputación, derivadas de cualquier ingreso de derecho público.
– No concurrir en la Entidad Local solicitante las circunstancias establecidas en el art. 13.2 de la Ley 38/2003, General de Subvenciones, en aquellos aspectos que pueda resultarle de aplicación.
Documentos asociados
Boletín:
23/07/2004
BO Provincia de Salamanca- Nº 141
Documento: Bases, Convocatoria y Solicitud Descargar Documento
BO Provincia de Salamanca- Nº 141
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