Subvenciones y el procedimiento de selección de participantes para el Programa «Jóvenes Solidarios de Castilla y León».- Convocatoria 2016.

Código de ayuda:

S49373/15

Norma:

ORDEN PRE/1070/2015, de 2 de diciembre. ORDEN PRE/1131/2015, de 21 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 4 de febrero de 2016.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Fomentar el valor de la solidaridad entre los jóvenes de Castilla y León así como propiciar su sensibilización a través de la participación en proyectos de cooperación al desarrollo.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Cooperación al Desarrollo e Inmigración / Emigración
  • Juventud

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de la Presidencia (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe máximo de la subvención será de 3.000 € (tres mil euros) por plaza seleccionada.

Los jóvenes seleccionados, como contribución a los gastos que origine su participación en el programa, deberán aportar una cuantía fija complementaria a la subvención otorgada, de 150 € (ciento cincuenta euros).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las ONGD que cumplan los requisitos previstos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A efectos de la concesión de la ayuda solicitada, se considerarán como gastos subvencionables:

a) Los gastos de vacunación y farmacéuticos imprescindibles para viajar a terreno, seguros por enfermedad y accidentes que cubran el período de estancia en el país donde se desarrolle el proyecto de cooperación al que viajarán los jóvenes seleccionados.

b) Los gastos de transporte desde la localidad donde resida el seleccionado hasta el país de destino, y de regreso, incluyendo el correspondiente seguro de cancelación, así como los gastos de modificación del billete debidamente justificados.

c) Los gastos de alojamiento y manutención de los jóvenes seleccionados, así como, en su caso, los desplazamientos en el país de destino.

d) Los gastos derivados del visado y las tasas administrativas de entrada y salida del país de destino.

e) Los gastos derivados de la formación de los participantes, antes, durante y después de la estancia en el terreno del joven y dentro del periodo subvencionable, siempre que no superen la cantidad de 200 € (doscientos euros) de la subvención concedida.

f) Los gastos derivados de las actividades de sensibilización incluidas en el programa o, en su caso, los gastos que se deriven de la participación del joven seleccionado en las actividades de sensibilización correspondientes, que no podrá superar el 10% de la subvención concedida.

g) Los costes indirectos asociados a la administración de la entidad solicitante. Estos gastos no podrán exceder del 5% del total de la subvención concedida.

Documentos asociados

Boletín: 10/12/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 237
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 29/12/2015
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 249
Documento: Convocatoria 2016 Descargar Documento