Subvenciones y ayudas para programas y actividades a Asociaciones de Mujeres para el ejercicio 2008.
Código de ayuda:
S17828/08Norma:
Resolucion de 28 de enero de 2008.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 14/04/2008Finalidad u objetivo de la ayuda:
Es objeto de la presente convocatoria la concesión de subvenciones a Asociaciones de Mujeres para la financiación de actividades y programas relacionados con acciones y medidas necesarias para hacer efectivo el principio de igualdad entre el hombre y la mujer, así como impulsar y promover la participaciónde las mujeres en todos los ámbitos.
Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Mujeres, Infancia y Ayudas familiares
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Presidencia y Participación Ciudadana (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima objeto de subvención por asociación, federación o por proyectos o actividades coorganizadas por más de una asociación será de 30.050 €.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Podrán solicitar subvención las Asociaciones de Mujeres y las Federaciones de Asociaciones de Mujeres sin ánimo de lucro, que tengan como objeto la defensa de los derechos de las mujeres y la igualdad de oportunidades, inscritas en el Registro General de Asociaciones del Principado de Asturias y que realicen sus actuaciones en el Principado de Asturias, igualmente podrán concurrir a esta convocatoria las Asociaciones o Federaciones de Asociaciones de mujeres empresarias, ambas de ámbito autonómico y que realicen sus actuaciones en el Principado de Asturias, siempre y cuando estén incluidas en el correspondiente registro del Principado de Asturias.En caso de concurrir a esta convocatoria Federaciones de Asociaciones, no podrán solicitar subvención las asociaciones pertenecientes a estas federaciones.
Para esta convocatoria se entiende por asociación de mujeres aquellas formadas exclusivamente por mujeres y cuyo objeto principal sea la lucha por la igualdad entre mujeres y hombres, estando dirigidas sus actividades a tal fin.
Para concurrir a esta convocatoria las Asociaciones deberán contar con un año mínimo de antigüedad contado a partir de la fecha de inscripción en el Registro General de Asociaciones del Principado de Asturias para las Asociaciones de Mujeres, y en el caso de las Asociaciones de empresarias del Principado de Asturias en el Registro correspondiente, depósito de estatutos de la Unidad de Mediación, Arbitraje y Conciliación, UMAC, de la Consejería de Industria y Empleo.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Serán subvencionadas las actividades y programas de asociaciones de mujeres del Principado de Asturias relacionadas con las siguientes áreas:1. Programas y actividades dirigidas a potenciar la igualdad de oportunidades entre mujeres y hombres a través del análisis de la realidad, la elaboración de propuestas y transmisión de experiencias.
2. Programas o actividades para la información y la formación de las mujeres en relación con los problemas asociados a la discriminación por género y las alternativas para conseguir la igualdad plena.
3. Programas y actividades que sirvan para generar redes de asociaciones de mujeres.
4. Programas y actividades para desarrollar la capacidad de gestión y dirección de las mujeres que participan en el movimiento organizado de mujeres.
No se subvencionarán las actividades de talleres informáticos por considerar que existen servicios suficientes en la Comunidad Autónoma (Telecentros), así como programas dirigidos a facilitar el acceso a las nuevas tecnologías a las mujeres (Enredadas en la red). Asimismo no se subvencionarán excursiones ni viajes culturales. No se podrá adquirir equipamiento de ningún tipo con cargo a esta subvención.
En el caso de que la realización de la actividad suponga la adquisición de bibliografía deberá especificarse este extremo en la solicitud y tendrá que ser objeto de aprobación expresa en la resolución de concesión.
El número máximo de actividades o programas subvencionados por asociación será de dos, excepto si la actividad presentada se organiza conjuntamente entre varias asociaciones o por una federación de asociaciones, en cuyo caso podrá superarse el límite establecido.
Documentos asociados
Boletín:
14/03/2008
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 61
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 61
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento