Subvenciones y ayudas de la Fundación Municipal de Cultura, Educación y Universidad Popular del Ayuntamiento de Gijón, para el 2005.
Código de ayuda:
S10473/05Norma:
Resolución de 9 de febrero de 2005.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/04/2005Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de ayudas económicas a personas físicas, personas jurídicas o agrupaciones de personas físicas o jurídicas del concejo de Gijón, para el desarrollo de actividades y programas de interés general durante el año 2005, en los términos señalados en el anexo específico correspondiente a cada una de las distintas modalidades de subvenciones que se convocan.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ayuntamiento de Gijón (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Con carácter general las ayudas consistirán en una subvención económica para financiar los gastos de los proyectos seleccionados y serán compatibles con otras financiaciones.El importe de la subvención o ayuda, en ningún caso, podrá ser de tal cuantía que, aislada o en concurrencia con otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos, supere el coste de la actividad subvencionada.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las personas físicas o jurídicas descritas en esta convocatoria y detalladas en cada caso en el anexo específico correspondiente, dependiendo de cada modalidad de subvención, que desarrollen sus actividades en el ámbito de esta convocatoria, dentro del concejo de Gijón.Deberán cumplir los siguientes requisitos:
a) En el caso de personas físicas: Ser mayores de 18 años y tener plena capacidad de obrar.
b) En el caso de asociaciones y fundaciones deberán estar legalmente constituidas como tales e inscritas en el Registro de Entidades de Ayuntamiento de Gijón o haber solicitado la inscripción.
c) En el caso de otras las personas jurídicas, estar legalmente constituidas como tales y, en su caso, inscritas en el Registro que corresponda, atendiendo a la naturaleza de la entidad de que se trate.
d) No estar incursas las personas jurídicas o las entidades, o las personas que ostentan la representación legal de las mismas, en alguno de los supuestos de prohibición para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, por incapacidad o incompatibilidad, establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (Boletín Oficial del Estado del 18 de noviembre).
e) Encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, de la Seguridad Social y no ser deudor del Ayuntamiento de Gijón, sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes del mismo, por cualquier tipo de deuda de derecho público vencida, líquida y exigible por la vía de apremio, todo ello con anterioridad a la propuesta de resolución de concesión de las subvenciones, salvo que la cuantía de las subvenciones que perciba del Ayuntamiento de Gijón o de los sus organismos autónomos y entidades de derecho público dependientes del mismo, no exceda de 3.000 euro/año, en cuyo caso quedan exoneradas de acreditar dicha obligación formal.
f) Tener justificados debidamente los gastos correspondientes a subvenciones concedidas con anterioridad por el Ayuntamiento de Gijón; hallarse al corriente de pago, en su caso, de obligaciones por reintegro de subvenciones y no haber sido sancionado mediante resolución firme con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones según la Ley General de Subvenciones o la Ley General Tributaria.
g) En el caso de las agrupaciones de personas físicas o jurídicas, para ser beneficiarios no deberá concurrir ninguna de las prohibiciones anteriores en ninguno de sus miembros.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
- Subvenciones culturales.- Subvenciones juveniles.
- Producciones artísticas.
- Subvenciones para teatro y danza.
- Subvenciones para centros de enseñanza y entidades educativas.
- Música y vídeo.
- Promoción de la lectura.
Documentos asociados
Boletín:
00/00/0000
Otro- Nº Web del Ayto. Gijón
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento
Otro- Nº Web del Ayto. Gijón
Documento: Bases, Convocatoria 2005 y Anexos Descargar Documento