Subvenciones y ayudas a proyectos de ahorro y eficiencia energética y proyectos de energías renovablesen Galicia correspondientes al ejercicio 2008, al amparo de los convenios suscritos entre el IDAE y el Inega los días 2 y 3 de julio de 2008.

Código de ayuda:

S59819/08

Norma:

Resolucion de 6 de junio de 2008.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 09/10/08. Excepto proyectos de energías renovables de gasificación y biogás: hasta el 08/01/09.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de subvenciones, en
régimen de concurrencia competitiva, para los proyectos de ahorro y eficiencia energética y proyectos de
energías renovables en Galicia, que se incluyen como anexos de esta resolución.

Asimismo, por medio de esta resolución se convocan las susodichas subvenciones para el año 2008.

Se consideran proyectos subvencionables los realizados en los siguientes periodos:

a) En todos los supuestos previstos en el artículo 2 de las bases reguladoras de esta resolución: los realizados entre el día 1 de enero de 2008 y el día 30 de junio de 2009, excepto los del apartado b) siguiente.
b) En los proyectos de energías renovables de gasificación y biogás: los realizados entre el día 1 de enero
de 2008 y el día 31 de diciembre de 2009.

Después de la aceptación, cada 3 meses deberá enviarse la documentación justificativa del estado o
situación de la ejecución del proyecto hasta su finalización.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Innovación e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de la subvención neta equivalente a las empresas, en concurrencia con ayudas de otras administraciones públicas o de otras entidades públicas o privadas, nacionales o internacionales, no podrá superar el máximo de intensidad autonómica del 40% sobre la inversión subvencionable establecida para cada actividad en esta resolución. En el caso de ayudas a pequeñas y medianas empresas, se añadirá un 10% adicional a dicho límite, de acuerdo con lo indicado en el artículo anterior.

En los casos de ayudas concedidas a empresas para proyectos de renovables, los porcentajes de ayudas
máximas se aplicarán sobre la inversión elegible menos los beneficios de los cinco primeros años de
explotación.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos
en estas bases, en especial, los indicados en cada uno de los anexos técnicos a los que se refiere el artículo
uno de estas bases reguladoras:

a) Personas físicas mayores de edad y que tengan plena capacidad de obrar.
b) Personas jurídicas legalmente constituidas.
c) Cuando el beneficiario sea una agrupación de personas físicas o jurídicas, públicas o privadas sin personalidad, se deberán hacer constar expresamente, tanto en la solicitud como en la resolución de la concesión, los compromisos de ejecución asumidos, así como el importe de la subvención a aplicar a cada uno de ellos, que tendrán igualmente la condición de beneficiarios.
En estos casos, se deberá nombrar un representante o apoderado único de la agrupación, con poderes bastantes para cumplir las obligaciones que, como beneficiario, corresponden a la agrupación.
No podrá disolverse la agrupación hasta que transcurra el plazo de prescripción previsto en los artículos 35 y 63 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 121, del 25 de junio).

No podrán tener la condición de beneficiarios las personas o entidades en las que concurra alguna de las
circunstancias previstas en el artículo 10.2º y 3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG nº 121, del 25 de junio).

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

En concreto, se considerarán actuaciones subvencionables las incluidas en los anexos técnicos siguientes:

-Anexo I. Programa de ayudas públicas en el marco de la estrategia de ahorro y eficiencia energética E4+
(Plan de acción 2008-2012). Programa de ayudas públicas del Inega para el uso racional de la energía.

-Anexo II. Programa de ayudas para proyectos de energías renovables.

Quedan expresamente excluidas del ámbito de aplicación de esta orden las actuaciones siguientes:

a) Los premios que se otorguen sin previa solicitud del beneficiario.
b) Las subvenciones previstas en la legislación de régimen electoral y en la legislación de financiación de
los partidos políticos, las subvenciones a los grupos parlamentarios del Parlamento de Galicia y las ayudas
percibidas por los grupos políticos de las entidades locales, que se regirán por su normativa específica.

No serán subvencionables:

Además de los conceptos no subvencionables indicados en cada una de las medidas, como regla general no
son objeto de ayuda:

a) Los gastos que se realicen en pagos de licencias, gastos sometidos a aranceles o los correspondientes a
inversiones realizadas con fórmulas de arrendamiento financiero.
b) Los impuestos indirectos cuando sean susceptibles de recuperación o compensación ni los impuestos personales sobre la renta.

Se podrá considerar subvencionable el impuesto sobre el valor añadido (IVA) en los siguientes casos:

a) Cuando el solicitante de la ayuda sea una asociación o entidad sin ánimo de lucro y acredite mediante la correspondiente certificación acreditativa que se encuentra acogido al régimen de exención del IVA.
b) Cuando el solicitante de la ayuda sea una persona física y efectúe una declaración responsable de que el
objeto de la subvención no se dedica ni se adscribe a ninguna actividad empresarial o profesional (anexo
ADM 05).

Documentos asociados

Boletín: 08/09/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 173
Documento: Bases, Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento