Subvenciones relativas al Plan Renove de ventanas, así como la selección de entidades colaboradoras que participarán en su gestión.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S04119/17

Norma:

ORDEN de 27 de enero de 2017.

Plazo de Solicitud:

Entidades colaboradoras hasta el 6 de febrero de 2017; resto Del 1 de marzo y hasta el 29 de septiembre de 2017.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 3.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvencionar la rehabilitación de los huecos acristalados de la fachada, tanto en lo referente al acristalamento como a los marcos o perfiles, a fin de conseguir mejoras significativas en la demanda energética del edificio y los consiguientes ahorros en términos económicos, así como para la selección de entidades colaboradoras que participan en su gestión.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la ayuda ascenderá a un máximo de 100 €/m2 de hueco, con unos límites de 3.000 € por vivienda unifamiliar/piso o edificios de viviendas. Para el caso de comunidades de propietarios, la ayuda máxima será de 3.000 € por vivienda unifamiliar/piso, con el máximo de 50.000 € por edificio.

En cualquier caso, la cantidad de la subvención no podrá ser superior al 25 % del coste total de la obra.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Personas físicas propietarias o titulares de cualquier derecho sobre viviendas de uso residencial y comunidades o mancomunidades de vecinos, siempre que la actuación subvencionable se realice en inmuebles sitos en la Comunidad Autónoma de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Será subvencionable la renovación de ventanas que formen parte de la envolvente térmica del edificio por la compra de nuevas ventanas que cumplan con las siguientes especificaciones técnicas:

• Disponer de marcado CE conforme la norma UNE EN 14351-1:2006.

• Exigencias mínimas de eficiencia energética:

a) Opción A: carpintería de madera o PVC y acristalamiento que cumpla alguno de los siguientes requisitos:

a.1. Doble acristalamiento con cámara de 12 mm o superior para vidrios normales.

a.2. Doble acristalamiento con cámara de 6 mm o superior y con cristal bajo emisivo (con emisividad menor o igual a 0,1).

b) Opción B: carpintería metálica con rotura de puente térmico de 12 mm o superior con doble acristalamiento con cámara de 6 mm o superior y con acristalamiento bajo emisivo (con emisividad menor o igual a 0,1).

En todo caso la instalación de estas carpinterías deberán cumplir con la exigencia mínima establecida en el Código técnico de la edificación que corresponda y segundo lo dispuesto en la Orden FOM/1635/2013, de 10 de septiembre, por la que se actualiza el documento básico DB-HE «Ahorro de Energía», del Código técnico de la edificación, aprobado por Real decreto 314/2006, de 17 de marzo.

La renovación consistirá en la sustitución de una ventana existente por otra de igual o inferior tamaño.

Será subvencionable la colocación de una nueva ventana paralela a la existente (doble ventana), siempre y cuando esta nueva ventana satisfaga los requisitos energéticos citados.

También será subvencionable la renovación de puertas que separen estancias calefactadas del exterior, siempre y cuando cumplan con las especificaciones técnicas de este artículo y tengan marco por todo el perímetro.

Se consideran costes subvencionables la retirada de las ventanas existentes, la fabricación de las nuevas ventanas y su instalación, siempre y cuando venga detallado en la factura.

Documentos asociados

Boletín: 31/01/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 21
Documento: Bases, Convocatoria 2017 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 31/01/2017
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 21
Documento: Convocatoria 2017 (Extracto) Descargar Documento