Subvenciones reguladas en la Orden EPE/675/2022, de 17 de mayo, por la que se establecen las bases reguladoras del programa de subvenciones destinado a fomentar la inserción laboral de personas con discapacidad en el mercado ordinario de trabajo.
Código de ayuda:
S07764/26Norma:
Orden EPE/675/2022, de 17 de mayo. ORDEN EMC/451/2026, de 25 de febrero.Plazo de Solicitud:
Mod A y B, 15 días después del Alta; Mod C, Durante todo el contratoFinalidad u objetivo de la ayuda:
La finalidad de estas subvenciones es fomentar la contratación temporal e indefinida de personas con discapacidad en situación de desempleo, favorecer su estabilidad laboral mediante incentivos a la transformación de contratos temporales en indefinidos, financiar la adaptación de sus puestos de trabajo y la eliminación de barreras u obstáculos que lo impidan o dificulten, así como impulsar el tránsitode las personas trabajadoras con discapacidad desde el empleo en los centros especiales de empleo al empleo en empresas del mercado ordinario.
Categorías Subvención
Empleo
Localización del organismo gestor
AragónConvoca:
Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
a) 5.500 euros con carácter general por la contratación de personas con discapacidad. Esta cantidad se elevará a 6.000 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.b) 7.000 euros si el contrato se celebra con personas con discapacidad que presentan mayores dificultades de acceso al mercado de trabajo, según lo previsto en el artículo 8.1.b) de esta Orden. Esta cantidad se elevará a 7.500 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.
c) 4.000 euros con carácter general por la contratación de personas con capacidad intelectual límite. Esta cantidad se elevará a 4.500 euros si la persona contratada es mujer o mayor de 45 años.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Autónomos
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Cualquiera que sea su forma jurídica, las personas trabajadoras autónomas y las entidades privadas sin ánimo de lucro del mercado ordinario de trabajo que desarrollen su actividad en la Comunidad Autónoma deAragón.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Subvención por la contratación indefinida inicial de personas con discapacidad o con capacidad intelectual límite.b) Subvención por la contratación temporal de personas con discapacidad.
c) Subvención por la transformación en indefinidos de contratos temporales.
d) Subvención por la contratación indefinida de trabajadores procedentes de enclaves laborales, previstos en el Real Decreto 290/2004, de 20 de febrero, por el que se regulan los enclaves laborales como medida de fomento del empleo de las personas con discapacidad, incentivando su contratación con carácter indefinido.
e) Subvención para la adaptación del puesto de trabajo, dotación de equipos de protección personal y eliminación de barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo
Requisitos:
Podrán ser objeto de subvención, de acuerdo con lo establecido en la presente convocatoria, todos aquellos supuestos subvencionables previstos en el capítulo II de la Orden EPE/675/2022, de 17 de mayo, que se produzcan en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón entre los días 1 de octubre de2025 y 30 de septiembre de 2026, ambos inclusive.
Documentos asociados
Boletín:
26/05/2022
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 100
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
18/03/2026
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 53
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 53
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
18/03/2026
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 53
Documento: Convocatoria (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 53
Documento: Convocatoria (Extracto) Descargar Documento
