Subvenciones reguladas en la Orden 37/2009, de 29 de septiembre, de la Consejeria de Industria, Innovacion y Empleo, por la que se establecen las bases reguladoras de la concesion de subvenciones dentro de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energetica (E4+) dirigidas a Entidades Locales, actuacion renovacion de instalaciones de alumbrado publico exterior existentes.- Convocatoria 2012.- Ampliación cuantía.

Código de ayuda:

S52782/11

Norma:

Resolución nº 374, de 20 de diciembre de 2011. Orden 37/2009, de 29 de septiembre. Resolución nº 253/2012, de 6 de agosto.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/02/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia, en la actuación Renovación de instalaciones de alumbrado público exterior existentes de acuerdo con la Orden 37/2009, de 29 de septiembre, de la Consejería de Industria, Innovación y Empleo por la que se establecen las bases reguladoras de concesión de subvenciones, en actuaciones dentro de la Estrategia Ahorro y Eficiencia Energética dirigidas a Entidades Locales.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

La Rioja

Convoca:

Consejería de Industria Innovación y Empleo (La Rioja)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Entidades Locales de La Rioja, que realicen las actuaciones subvencionables en la Comunidad Autónoma de La Rioja.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las inversiones en renovación de las instalaciones de alumbrado público exterior existentes, aplicando criterios de ahorro y eficiencia energética, sustituyendo los equipamientos existentes del alumbrado público exterior, basados en tecnologías pasadas, por otras actuales y más eficientes. Serán subvencionables las actuaciones que consigan una reducción de consumo de energía eléctrica en el alumbrado exterior renovado, justificándose este término documentalmente.

Las actuaciones energéticas podrán ser con carácter orientativo y no limitativo las siguientes:

a) Sustitución de lámparas de vapor de mercurio y equipo auxiliar por vapor de sodio alta presión con su respectivo equipo auxiliar.

b) Sustitución de luminarias por otras luminarias con mayor rendimiento y lámpara de menor potencia.

c) Instalación de sistemas de regulación del nivel luminoso que permitan reducir los niveles de iluminación las vías públicas cuando se reduce la actividad de las mismas.

d) Instalación de sistemas de encendido/apagado mediante reloj astronómico.

e) Sustitución de la tecnología actual por tecnología LED en semáforos, aumentando la eficiencia energética.

Documentos asociados

Boletín: 02/10/2009
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 123
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 26/12/2011
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 165
Documento: Convocatoria 2012. Descargar Documento
Boletín: 08/08/2012
BOR Boletín Oficial de La Rioja- Nº 97
Documento: Ampliación Cuantía. Descargar Documento