Subvenciones publicas por el procedimiento de concurrencia competitiva, para el mantenimiento, funcionamiento y promocion de actividades de las casas de Melilla, las asociaciones de vecinos y las asociaciones de mayores de la Ciudad Autonoma de Melilla.

Código de ayuda:

S03337/15

Norma:

DECRETO N.º 14 DE FECHA 19 DE ENERO DE 2015.

Plazo de Solicitud:

A publicar en la correspondiente Convocatoria.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de ayudas al movimiento asociativo cívico que representan las Asociaciones de Vecinos, así como para el sostenimiento de las Asociaciones de Mayores existentes en la Ciudad, lo que supone que ordinariamente se tramiten en dicha Consejería procedimientos ordenados a la concesión, mediante concurrencia competitiva, de subvenciones a entidades relacionadas con los referidos ámbitos de actuación.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Melilla

Convoca:

Consejería de Educación y Colectivos Sociales (Melilla)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

a) Las Casas de Melilla.

b) Las asociaciones de vecinos.

c) Las asociaciones de mayores.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Subvenciones a las Casas de Melilla.

b) Subvenciones a las asociaciones de vecinos.

c) Subvenciones a las asociaciones de mayores.

Requisitos:

a) Las Casas de Melilla deberán pertenecer a la Federación Nacional de Casas de Melilla, y concurrir a la convocatoria que hará pública la Consejería de Educación y Colectivos Sociales.

b) Las Asociaciones de Vecinos deberán estar legalmente constituida e inscritas en el Registro
de Asociaciones Vecinales de la Ciudad Autónoma de Melilla, y concurrir a la convocatoria que hará pública la Consejería de Educación y Colectivos Sociales.

c) Las Asociaciones de Mayores sin ánimo de lucro, legalmente constituidas como tales, debiendo cumplir además los siguientes requisitos:

- Contar con una existencia legal superior a los tres años.

- Contar con un local social a su propia disposición, excluyéndose aquellas entidades que compartan local con otras asociaciones vecinales, sociales, culturales o de cualquier otro tipo.

Documentos asociados

Boletín: 23/01/2015
BOCME Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Melilla- Nº 5202
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento