Subvenciones públicas, por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de colaboración con órganos de la Administración General del Estado y sus Organismos Autónomos, Comunidades Autónomas, Universidades e Instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, a las peculiaridades organizativas y la normativa aplicable en la Comunidad de Castilla y León.

Código de ayuda:

S76237/09

Norma:

ORDEN EYE/2300/2009, de 15 de diciembre. RESOLUCION de 9 de marzo de 2010. RESOLUCIÓN de 22 de junio de 2010. ORDEN EYE/829/2014, de 24 de septiembre. ORDEN EMP/414/2018, de 12 de abril.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 14/04/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la adecuación de la Orden de 19 de diciembre de 1997 por la que se establecen las bases reguladoras de la concesión de subvenciones públicas, por el Instituto Nacional de Empleo en el ámbito de
colaboración con órganos de la administración general del estado y sus organismos autónomos, comunidades autónomas, universidades e instituciones sin ánimo de lucro, que contraten trabajadores desempleados para la realización de obras y servicios de interés general y social, a las peculiaridades organizativas y a la normativa aplicable en la Comunidad de Castilla y León, que se incorporan como Anexo a la presente disposición.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los órganos de la Administración del Estado y sus Organismos Autónomos, Universidades e Instituciones sin
ánimo de lucro.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las subvenciones a otorgar se destinarán a la financiación de los costes salariales, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos de las personas desempleadas que, reuniendo los requisitos fijados en la Base 7.ª, sean contratadas para la ejecución de las obras y servicios de interés general y social.

Requisitos:

a) Que se obliguen a la contratación de personas desempleadas e inscritas en el Servicio Público de Empleo, para la ejecución de obras o la prestación de servicios calificados de interés general y social.

b) Tener la capacidad técnica y de gestión suficientes para la ejecución del correspondiente proyecto.

Documentos asociados

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