Subvenciones publicas para Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y Leon destinadas a la formaciony a actividades de investigacion y difusion en materia de prevencion de riesgos laborales - Convocatoria 2009.

Código de ayuda:

S24582/09

Norma:

ORDEN EYE/705/2009, de 10 de marzo. ORDEN EYE/771/2009, de 30 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/04/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se convocan para el año 2009, en régimen de concurrencia competitiva, subvenciones públicas destinadas a las Entidades Locales de la Comunidad de Castilla y León para la realización de actividades de formación, investigación y difusión en materia de prevención de riesgos laborales.

Categorías Subvención

  • Asistencia a Ferias, Congresos y Material Promocional
  • Corporaciones Locales
  • Formación
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía que figura en la aplicación presupuestaria se distribuirá entre las actividades subvencionables previstas en la base 3.ª1 de la Orden EYE/705/2009, de 10 de marzo, por la que se aprueban las bases de estas subvenciones del siguiente modo: un 50% se destinará a financiar los cursos básicos en materia de prevención de riesgos laborales y el otro 50% se destinará a financiar acciones de investigación y prospección y acciones de difusión, sensibilización e intercambio de experiencias, en materia de prevención de riesgos laborales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, siempre que cumplan los requisitos establecidos y realicen las actividades previstas:

– Los municipios del ámbito territorial de la Comunidad de Castilla y León, cuya población no exceda de 20.000 habitantes, según el Anuario Estadístico de Castilla y León del año anterior a la fecha de publicación de la correspondiente Orden de convocatoria.

– Las mancomunidades de municipios, de igual ámbito territorial.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Cursos básicos, en materia de prevención de riesgos laborales, en modalidad presencial, cuyos proyectos y programas deberán ajustarse a los criterios generales, a los contenidos formativos mínimos y a la duración que se establecen en los Anexos III y IV del Real Decreto 39/1997, de 17 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de los Servicios de Prevención. Los cursos básicos para el sector de la construcción deberán ajustarse a lo previsto en el artículo 158 del IV Convenio Colectivo General del Sector de la Construcción.

Serán requisitos indispensables para la impartición de cursos de nivel básico que los docentes de los mismos sean técnicos de prevención de riesgos laborales de nivel intermedio o superior y que se suscriba el correspondiente seguro de accidentes y de responsabilidad civil para los alumnos del curso.
El número de alumnos por cada curso no será superior a 20 ni inferior a 5.

b) Acciones de investigación y prospección, tales como estudios de campo y publicaciones, que tengan por objeto la mejora de la gestión de la prevención de riesgos laborales, principalmente en la propia Entidad Local o dentro de su ámbito territorial en algún sector o actividad de especial relevancia y, en todo caso, en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León.

c) Acciones de difusión, sensibilización e intercambio de experiencias, tales como conferencias, jornadas y seminarios.

Requisitos:

– No podrán tener la condición de beneficiarios aquellas Entidades Locales en las que concurra alguna de las prohibiciones que les sean aplicables de las establecidas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

– Los solicitantes deberán acreditar, mediante declaración responsable, el cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, previamente a la propuesta de resolución, conforme a lo establecido en el artículo 6. b) del Decreto 27/2008, de 3 de abril, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de las obligaciones tributarias y frente a la seguridad social en materia de subvenciones.

– De igual forma, deberán acreditar estar al corriente de pago de obligaciones por reintegro de subvenciones.

– Por último, deberán acreditar, mediante certificación del órgano competente, que en los procesos para la provisión de puestos de trabajo se ha realizado la correspondiente reserva legal para su cobertura por personas con discapacidad, de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional del Decreto 75/2008, de 30 de octubre, por el que se regula la acreditación del cumplimiento de la normativa para la integración laboral de las personas con discapacidad y el establecimiento de criterios de valoración y preferencia en la concesión de subvenciones y ayudas públicas de la Administración de la Comunidad de Castilla y León.

Documentos asociados

Boletín: 30/03/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 60
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/04/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 62
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento