Subvenciones públicas para 2025-2026, con destino a programas de formación no conducentes a la obtención de certificados profesionales dirigidos prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas.
Código de ayuda:
S28546/25Norma:
Resolución de 29 de septiembre de 2025. Orden TMS/368/2019, de 28 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 22 de octubre de 2025.Finalidad u objetivo de la ayuda:
La presente Resolución tiene como objeto la aprobación de la convocatoria de subvenciones públicas para el periodo 2025-2026, con destino a la realización de programas de formación correspondientes a la formación de oferta dirigida prioritariamente a personas trabajadoras desempleadas y ocupadas no conducentes a certificados profesionales correspondientes a la C.A del Principado de Asturias, de acuerdo con las bases reguladoras establecidas en la Orden TMS/368/2019 de 28 de marzo, por la que se desarrolla el Real Decreto 694/2017 de 3 de julio, por el que se desarrolla la Ley 30/2015 de 9 de septiembre por la que se regula el Sistema de Formación Profesional para el Empleo en el ámbito laboral, en relación con la oferta formativa de las administraciones competentes y su financiación, y se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas destinadas a su financiación publicada en el BOE de 1 de abril de 2019 y modificada por Orden TES/26/2022 de 20 de enero (BOE 24/1/2022) y por Orden TES/1109/2020, de 25 de noviembre (BOE 25/11/2020).Categorías Subvención
Empleo
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conserjería de Ciencia, Industria y Empleo (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención máxima a solicitar y conceder por cada entidad o agrupación será de 350.000 euros por programa de formación para la Línea 1 y de 300.000 euros por programa de formación para la Línea 2.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Serán beneficiarias de las subvenciones las entidades de formación públicas o privadas, inscritas en el correspondiente Registro de Entidades de Formación, para las especialidades formativas objeto de la formación, ya sea en la modalidad presencial o de teleformación, y con presencia en el Principado de Asturias debiendo disponer en dicho ámbito de instalaciones debidamente inscritas que permitan la impartición de las especialidades formativas solicitadas, en el momento de la solicitud de subvención.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Línea 1: programas de formación prioritarios para personas trabajadoras desempleadasLínea 2: programas de formación prioritarios para personas trabajadoras ocupadas
Documentos asociados
Boletín:
01/04/2019
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 78
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
08/10/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 194
Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
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Documento: Convocatoria 2025 (Extracto) Descargar Documento
Boletín:
08/10/2025
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 194
Documento: Convocatoria 2025 (Completa) Descargar Documento
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