Subvenciones públicas mediante contratos programa, de ámbito estatal, para la formación de trabajadores ocupados y modificaciones.

Código de ayuda:

S13182/06

Norma:

RESOLUCIÓN de 28 de abril de 2006. RESOLUCIÓN de 10 de julio de 2006. RESOLUCIÓN de 15 de enero de 2007.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 31/05/2006

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Los planes de formación continua, objeto de financiación en esta convocatoria mediante la suscripción de contratos programa, tendrán como finalidad tanto la mejora de las competencias y cualificaciones como la actualización y especialización profesional de los trabajadores ocupados, cualquiera que sea el sector o rama de actividad en que el trabajador presta sus servicios.

La suscripción de contratos programa y la concesión de las subvenciones correspondientes se realizará atendiendo a los principios de concurrencia, publicidad y objetividad.

Los planes de formación incorporados a los contratos programa se podrán ejecutar entre el 1 de abril de 2006 y el 30 de abril de 2007. Sin perjuicio de lo dispuesto anteriormente, los beneficiarios podrán optar por ejecutar las acciones formativas incluidas en los planes de formación incorporados a los contratos programa hasta el 31 de mayo de 2007, respetando, en todo caso, la obligación de presentar la documentación necesaria para proceder a la liquidación final de la subvención concedida.

Categorías Subvención

  • Formación

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Podrán solicitar la suscripción de los distintos tipos de contratos programa las siguientes entidades:

a) Los contratos programa para la ejecución de planes de formación intersectoriales, las organizaciones empresariales y sindicales más representativas en el ámbito estatal.
b) Los contratos programa para la ejecución de planes de formación sectoriales, las entidades creadas al amparo de la negociación colectiva sectorial estatal, así como las organizaciones empresariales o sindicales más representativas o representativas en el sector a nivel estatal.
Estas organizaciones deberán acreditar su participación en la correspondiente negociación colectiva sectorial estatal o acuerdo específico sectorial estatal de formación continua.
c) Los contratos programa para la ejecución de planes de formación que incorporen a trabajadores y socios trabajadores y de trabajo de dos o más cooperativas, sociedades laborales y otras empresas y entidades de la economía social, las confederaciones y federaciones de cooperativas y/o sociedades laborales con notable implantación en el ámbito estatal.
La acreditación de este requisito se realizará mediante certificado expedido por la Dirección General de la Economía Social, del trabajo Autónomo y del Fondo Social Europeo.
d) Los contratos programa para la ejecución de planes de formación dirigidos a trabajadores autónomos, las asociaciones de trabajadores autónomos con carácter intersectorial que tengan suficiente implantación en el ámbito estatal, con experiencia acreditada en la gestión y desarrollo de acciones formativas por sí mismas o a través de sus organizaciones asociadas y se hallen legalmente constituidas con anterioridad a la fecha de publicación de la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se podrán suscribir contratos programa de ámbito estatal para la ejecución de los siguientes planes de formación continua:

a) Contratos programa para la ejecución de planes de formación intersectoriales, dirigidos a la formación de trabajadores en competencias transversales y horizontales a varios sectores de la actividad económica.
b) Contratos programa para la ejecución de planes de formación amparados en la negociación colectiva de ámbito sectorial estatal, dirigidos a la formación de trabajadores de un sector productivo concreto, con el fin de desarrollar acciones formativas de interés general para dicho sector y satisfacer necesidades específicas de formación del mismo.
c) Contratos programa para la ejecución de planes de formación que incorporen a trabajadores y socios trabajadores y de trabajo de dos o más cooperativas, sociedades laborales y otras empresas y entidades de la economía social que, sin pertenecer a un mismo sector productivo, atiendan demandas formativas derivadas de la naturaleza jurídica de aquellas o de necesidades de carácter transversal.
d) Contratos programa para la ejecución de planes de formación dirigidos a trabajadores autónomos, con el fin de mejorar su capacitación en las competencias relacionadas con la actividad que desarrollen, bien de carácter sectorial o bien transversal u horizontal.
e) Con el fin de atender necesidades formativas en determinadas materias de interés y de trabajadores con especiales dificultades de acceso a la formación y al mantenimiento del empleo, se podrán suscribir con carácter extraordinario, contratos programa para la ejecución de planes de formación intersectoriales dirigidos a la formación de colectivos con riesgo de exclusión del mercado de trabajo, los pertenecientes a empresas ubicadas en sectores en declive o sujetos a reconversión, así como los trabajadores de empresas pertenecientes a ámbitos que carezcan de planes de referencia sectorial por no haberse suscrito Convenios Colectivos Sectoriales o Acuerdos Estatales de Formación Continua.

Documentos asociados

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