Subvenciones públicas en las áreas de influencia socioecónomica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha.- Convocatoria 2012.

Código de ayuda:

S58755/09

Norma:

Orden de 04/08/2009. Resolución de 28/08/2009. Resolución de 06/08/2010. Resolución de 25/08/2011. Resolución de 02/08/2012.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/08/2012

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar, durante el año 2012, en régimen de concurrencia competitiva, las ayudas para la concesión de subvenciones públicas en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha, con la finalidad y beneficiarios contemplados en la Orden de 04/08/2009, de la Consejería de Industria, Energía y Medio Ambiente, por la que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones públicas en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales en Castilla-La Mancha,
publicada en el DOCM nº 165 de fecha 25 de agosto de 2009.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Castilla-La Mancha

Convoca:

Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural (Castilla-La Mancha)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía de la subvención podrá llegar hasta el 100% de la inversión o gasto aprobado, con los siguientes
límites:

- Para ayuntamientos se podrá alcanzar el 100 % del gasto subvencionable aprobado.

- Para empresas se podrá alcanzar el 70% del gasto subvencionable aprobado.

- Para personas físicas, instituciones sin ánimo de lucro y otros beneficiarios se podrá alcanzar el 85 % del gasto subvencionable aprobado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

1. Entidades Locales:

a) Ayuntamientos de los municipios situados en el área de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales de Castilla-La Mancha.

b) Entidades Locales Menores pertenecientes a dichos Ayuntamientos.

c) Entidades de carácter supramunicipal de las que formen parte uno o varios de dichos Ayuntamientos y hayan sido creadas por la Comunidad Autónoma en el ejercicio de sus competencias en materia de régimen local.

2. Entidades empresariales:

a) Entidades empresariales que tengan la consideración de pequeñas y medianas empresas, cuya sede social esté radicada en el área de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales y cuya actividad principal se desarrolle en ella.

b) Empresarios autónomos en los siguientes supuestos:

- Cuando su residencia y actividad se localicen en el área de influencia socioeconómica de un Parque Nacional.

- Cuando residan en el área de influencia socioeconómica de un Parque Nacional y pretendan implantar su actividad en la misma.

- Cuando no residan en dicha área de influencia socioeconómica pero vengan realizando en el interior de un Parque Nacional actividades productivas de carácter artesanal ligadas al sector primario, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho Parque.

3. Las personas físicas residentes en las áreas de influencia socioeconómica de los Parques Nacionales.

4. Instituciones sin fines de lucro:

a) Fundaciones y Asociaciones sin ánimo de lucro legalmente constituidas y cuya sede social o la de alguna de sus secciones o delegaciones radique en el área de influencia socioeconómica de un Parque Nacional, siempre y cuando entre sus fines estatutarios figure expresamente la realización de actuaciones en materia de conservación o uso sostenible de los recursos naturales, de protección del patrimonio histórico artístico o de promoción de la cultura tradicional.

b) Asociaciones de Municipios incluidos en el área de influencia socioeconómica de uno o varios Parques Nacionales, constituidas para la promoción de actividades de desarrollo sostenible.

5. Otros beneficiarios:

a) Entidades de Derecho Público constituidas al amparo de alguna legislación sectorial en materia de recursos naturales renovables y cuya actividad esté relacionada con su aprovechamiento ordenado en el área de influencia socioeconómica de alguno de los Parques Nacionales.

b) Agrupaciones de propietarios de terrenos en el interior de un Parque Nacional que se hubieran constituido para la explotación racional en común de los recursos renovables propios de dichos terrenos, siempre que tales actividades hayan sido específicamente regladas en los instrumentos de planificación de dicho parque.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Realización de obra civil vinculada a la actividad subvencionada; en el caso de obras para las que la normativa vigente prevea la exigencia de un proyecto de obra redactado por técnico competente, los gastos de redacción de proyecto y de dirección de obra podrán ser también objeto de subvención, así como los gastos derivados de los estudios y planes de seguridad y salud.

b) Adquisición de bienes de equipo, maquinaria, instalaciones y utillaje.

c) Dietas de salidas de campo cuando el objeto de la ayuda concedida así lo requiera, con los límites máximos de 70,00 euros por alojamiento y desayuno, 44,00 euros por manutención (o el 50% si corresponde a una sola comida, cena o manutención) y 114,00 euros/dieta diaria.

Requisitos:

a) No estar incursos en las prohibiciones establecidas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b) Disponer, en su caso, de un plan de prevención de riesgos laborales y no haber sido sancionados, en virtud deresolución administrativa o sentencia judicial firme, por falta grave o muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, durante el año inmediatamente anterior a la fecha de solicitud de la subvención.

c) Estar corriente en el cumplimiento de sus obligaciones por reintegro de subvenciones, obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.

d) Tener el domicilio fiscal en el territorio de la Comunidad Autónoma de Castilla-La Mancha.
e) No haber renunciado o haber dejado de justificar hasta el 50% de la subvención concedida en las dos anteriores convocatorias del Programa de subvenciones de la Red de Parques Nacionales en Castilla la Mancha.

Documentos asociados

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