Subvenciones publicas dirigidas a la mejora y recuperacion del Habitat Minero - Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S18628/09

Norma:

ORDEN EYE/552/2009, de 10 de marzo. ORDEN EYE/915/2009, de 22 de abril. ORDEN EYE/1156/2009, de 21 de mayo. ORDEN EYE/2373/2009, de 23 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 26/01/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Ayudas destinadas a actividades y proyectos del sector de comercio interior, en la Comunidad Autónoma de Aragón, para la realización de planes dirigidos a la estrategia empresarial y de calidad para pequeñas y medianas empresa en las siguientes materias:

—Diagnóstico básico de la actividad y del punto de venta

Listado de comprobación de los datos básicos empresa

Listado de comprobación de los puntos básicos de la actividad comercial Identificación riesgos

Propuestas de participación en los planes de mejora de establecimiento, política comercial, gestión o programa avanzado ó estratégico.

—Mejora de establecimiento

Fachada y Rótulo

Escaparates

Accesos

Imagen corporativa

Interiorismo

Distribución Interior

Animación punto de venta

—Mejora de la política comercial: estrategia producto y cliente

Concepto comercial/ Segmentación

Surtido

Precio y promociones anuales

Control de clientes y fidelización

Comunicación

Publicidad y promoción en el punto de venta

Tecnologías de la información y comunicación. Aplicación al comercio.

—Mejora de la gestión

Gestión económica financiera

Gestión y control de stock y compras

Organización empresarial

Inversión y financiación

Tecnologías de la información y comunicación. Aplicación a la gestión.

La realización de un plan estratégico en cualquiera de estas materias, además de sus contenidos específicos deberá incluir un trabajo adicional de implantación o mantenimiento de un certificado de calidad basado en estándares de las series UNE 175.000, ISO 9.000 que ponga a disposición del establecimiento en el que se implanta la norma una herramienta de trabajo para la puesta en marcha y actualización del sistema de calidad que será adicional a las visitas y horas de apoyo presencial.

Estas ayudas se contemplan en los programas de ejecución del Plan General para el Equipamiento Comercial de Aragón, cuya primera revisión ha sido aprobada por Decreto 171/2005, de 6 de septiembre, y las bases reguladoras se establecen en el Decreto 217/2005, de 25 de octubre, del Gobierno de Aragón.

Categorías Subvención

  • Arqueología y Minería
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas podrán alcanzar hasta un máximo del 80% de las actuaciones presupuestadas. El Gobierno de Aragón podrá acordar, excepcionalmente, el pago anticipado de hasta el 50% de la subvención concedida previa presentación de aval bancario que cubra la cantidad adelantada.

Excepcionalmente para determinadas actuaciones de especial interés promovidas por las entidades sin ánimo e lucro, porque tengan carácter innovador, o porque constituyan acciones piloto y ejerzan un efecto de arrastre para otras actividades, se podrá financiar hasta el 100 %. Para cada tipo de programa solicitado, se podrá establecer un máximo de ayuda por participante para la realización del proyecto solicitado.

Estas ayudas son susceptibles de ser cofinanciadas por el Plan de Mejora de la Calidad en el Comercio, promovido por el Ministerio de Industria, Turismo y Comercio y están sujetas a los límites establecidos en el Reglamento (CE) nº 1998/2006 de la Unión Europea relativa a las ayudas de mínimis. El importe de la subvención nunca podrá, en concurrencia con ayudas y subvenciones de esta u otras Administraciones públicas o entes privados y públicos, nacionales o internacionales, superar el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario.

La presente convocatoria de ayudas es en régimen de concurrencia competitiva. Estas ayudas son susceptibles de ser incluidas en los programas de ayudas de la Administración General del Estado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Podrán acceder a este tipo de ayudas las Entidades sin ánimo de lucro, tales como asociaciones, instituciones, u otros organismos intermedios que propongan actuaciones para el fomento del sector comercial aragonés.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las entidades sin ánimo de lucro, asociaciones, instituciones, u otros organismos intermedios, podrán acogerse a inversiones para la realización de planes o programas estratégicos estructurados como se indica a continuación:

Programas básicos:

Contenido: Se corresponde con la materia número 1: Diagnóstico básico de la actividad y del punto de venta.

Duración mínima: Además de las horas de trabajo para la implantación de la norma, que podrán ser no presenciales, el establecimiento comercial recibirá y atenderá al menos 2 visitas de 2 horas de duración cada una.

Programas medios:

Contenido: Se corresponde con el trabajo del programa básico al que se añade otra de las materias objeto de subvención. El alcance de las acciones propuestas ha de centrarse en las que puedan ser ejecutadas de manera rápida por el empresario de comercio sin que le conlleve un nivel de inversión elevado.

Duración mínima: Además de las horas de trabajo para la implantación del programa, que podrán ser no presenciales, el establecimiento comercial recibirá y atenderá al menos 4 visitas de 2 horas de duración cada una

Programas avanzados:

Contenido: Se corresponde con el trabajo del programa básico al que se añade una o varias materias adicionales de las que se determinan en el objeto de la subvención. El contenido del programa podrá profundizar de manera detallada en alguna de las materias definidas (con excepción de la número 1) o bien considerar un número mayor, al menos dos materias adicionales a la número, con menor profundidad.

Duración mínima: Además de las horas de trabajo para la implantación del programa, que podrán ser no presenciales, el establecimiento comercial recibirá y atenderá 8 visitas de 2 horas de duración cada una.

Un empresario puede realizar más de un programa en diferentes establecimientos, si bien se dará prioridad a la presencia en los programas del mayor número de empresarios posible.

Un establecimiento sólo podrá realizar un programa.

Documentos asociados

Boletín: 12/03/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 49
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 28/04/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 78
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 27/05/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 98
Documento: 2º Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 31/12/2009
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 251
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento