Subvenciones públicas destinadas al fomento del empleo de personas con diversidad funcional o discapacidad en Centros Especiales de Empleo (CEE) y enclaves laborales.

Código de ayuda:

S05082/19

Norma:

DECRETO 240/2018, de 28 de diciembre. RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2019. RESOLUCIÓN de 29 de noviembre de 2019. Resolución de 19 de diciembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Consultar artículo quinto.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El presente decreto tiene por objeto establecer las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a promover y facilitar la inserción laboral de personas con diversidad funcional o discapacidad
en el ámbito de la Comunitat Valenciana, mediante ayudas a los Centros Especiales de Empleo y a las empresas ordinarias que contraten personal con diversidad funcional o discapacidad procedentes de enclaves
laborales y convocar las ayudas para el ejercicio 2019.

Categorías Subvención

  • Discapacidad / Personas con discapacidad
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Comunidad Valenciana

Convoca:

LABORA - Servicio Valenciano de Empleo y Formación (Comunidad Valenciana)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Programa de ayudas a proyectos de inserción laboral en CEE, regulado en el Capítulo I del Título II del decreto y que se divide en cuatro subprogramas:

a) Ayudas a proyectos de inserción laboral en CEE para la financiación parcial de los costes salariales del personal con diversidad funcional o discapacidad del ejercicio 2019.

La ayuda consistirá en el 50 % del Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2019, correspondientes a las nóminas de enero a diciembre de 2019, incluidas dos pagas extraordinarias o prorrateo de las mismas.

En el caso del contrato a tiempo parcial, la subvención experimentará una reducción proporcional a la jornada laboral realizada, siempre que la jornada suponga, como mínimo, la mitad de la jornada habitual.

b) Ayudas a proyectos de inserción laboral en CEE para la financiación parcial de los costes salariales de noviembre y diciembre de 2018 del personal con diversidad funcional o discapacidad, por las contrataciones, prórrogas o transformaciones de contratos temporales en indefinidos producidos durante dichos meses.

La ayuda consistirá en el 50 % del Salario Mínimo Interprofesional vigente en 2018, incluida la parte proporcional de paga extraordinaria.

A esta ayuda le resulta de aplicación los mismos requisitos y condiciones establecidos en el apartado anterior.

c) Ayudas a proyectos de inserción laboral en CEE para financiar los costes indirectos correspondientes al informe auditor para la justificación de la ayuda salarial.

La ayuda se concederá por un importe de hasta el 2 % del importe correspondiente a la ayuda al coste salarial, con el límite máximo de 15.000€, pero finalmente se liquidará en función del gasto realmente
justificado de dicha ayuda salarial.

d) Ayudas a proyectos de inserción laboral en CEE para financiar los costes de adaptación de puestos de trabajo.

La ayuda consistirá en una cuantía máxima de 1.803 € por puesto de trabajo que se adapte a las necesidades del personal con diversidad funcional o discapacidad en plantilla.

2. Programa de ayudas a proyectos de inserción laboral en empresa ordinaria a través de CEE, reguladas en el Capítulo II del Título II del decreto.

a) Por cada persona trabajadora que al finalizar el itinerario de inserción sea contratada por la empresa ordinaria por tiempo indefinido y a jornada completa, el CEE tendrá derecho a una subvención por importe de 3.000 €, siempre que se acredite el gasto correspondiente a dicho importe mediante gastos salariales de personal de apoyo relacionados con el desarrollo del itinerario de inserción.

b) Cuando el contrato a tiempo indefinido se concierte a tiempo parcial, la subvención de 3.000 € se reducirá proporcionalmente a la jornada pactada.

3. Programa de ayudas a la empresa ordinaria por la contratación indefinida de personal con diversidad funcional o discapacidad procedentes de enclaves laborales y a la adaptación de puestos y eliminación de barreras arquitectónicas, reguladas en el Título III del decreto.

a) Subvención equivalente al 50 % del S.M.I. correspondiente al ejercicio 2019, incluida la parte proporcional de pagas extraordinarias, por cada año de mantenimiento obligatorio del puesto, y por cada contrato de trabajo celebrado a jornada completa. Si el contrato fuera a tiempo parcial, la subvención se reducirá proporcionalmente según la jornada de trabajo pactada.

Esta subvención podrá ser destinada por la empresa colaboradora, total o parcialmente, a servicios de apoyo de la persona trabajadora.

La intensidad de la ayuda no superará el 75 % de los costes subvencionables.

b) Subvención por adaptación del puesto de trabajo y eliminación de barreras arquitectónicas. Esta subvención, compatible con la anterior ayuda y que podrá alcanzar los 1.803 € por persona trabajadora
con diversidad funcional o discapacidad contratada, será destinada a la adaptación de los puestos de trabajo o dotación de equipos de protección personal necesarios para evitar accidentes laborales al personal con diversidad funcional o discapacidad contratado, o eliminar barreras u obstáculos que impidan o dificulten el trabajo del personal con diversidad funcional o discapacidad. Si esta ayuda no fuese solicitada por la empresa, podrá ser solicitada por la propia trabajadora o trabajador.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Agrupaciones de interés económico / de empresas / de personas físicas y jurídicas
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Empresas (más de 250 empleados)
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las ayudas previstas en el presente decreto los CEE inscritos en el Registro Administrativo de la Comunitat Valenciana y las empresas ordinarias que, cumpliendo los requisitos y actuaciones que para cada tipo de programa se establecen en el presente decreto, desarrollen su actividad en centros de trabajo ubicados en territorio de la Comunitat Valenciana.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1. Programa de ayudas a proyectos de inserción laboral en CEE, regulado en el Capítulo I del Título II de este decreto y que se divide en cuatro subprogramas:

a) Ayudas a proyectos de inserción laboral en CEE para la financiación parcial de los costes salariales del personal con diversidad funcional o discapacidad de 2019.

b) Ayudas a proyectos de inserción laboral en CEE para la financiación parcial de los costes salariales de noviembre y diciembre de 2018 del personal con diversidad funcional o discapacidad, por las contrataciones, prórrogas o transformaciones de contratos temporales en indefinidos producidos durante dichos meses.

c) Ayudas a proyectos de inserción laboral en CEE para financiar los costes indirectos correspondientes al informe auditor para la justificación de la ayuda salarial.

d) Ayudas a proyectos de inserción laboral en CEE para financiar los costes de adaptación de puestos de trabajo.

2. Programa de ayudas a proyectos de inserción laboral en empresa ordinaria a través de CEE, reguladas en el capítulo II del título II del presente decreto.

3. Programa de ayudas a la empresa ordinaria por la contratación indefinida de personal con diversidad funcional o discapacidad procedentes de enclaves laborales y a la adaptación de puestos y eliminación de barreras arquitectónicas, reguladas en el título III del presente decreto.

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