Subvenciones públicas destinadas a la realización de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación.
Código de ayuda:
S21328/04Norma:
Resolución de 17 de agosto de 2004.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 30/09/2004Finalidad u objetivo de la ayuda:
La realización de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación, de ámbito estatal, de acuerdo con las bases reguladoras contenidas en la Orden TAS/2782/2004, de 30 de julio («Boletín Oficial del Estado» de 16 de agosto), y con lo previsto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.Los proyectos objeto de financiación en esta convocatoria, tendrán como finalidad el desarrollo de acciones de investigación, de estudios de carácter sectorial y multisectorial y de productos y herramientas innovadores relacionados con la formación continua, dirigidas a un ámbito territorial superior al de una Comunidad Autónoma.
Los proyectos financiados por esta convocatoria deberán estar destinados a la mejora y eficacia de la formación continua de los trabajadores ocupados, no pudiendo dirigirse especialmente al ámbito de la Administración Pública.
Categorías Subvención
Formación
Localización del organismo gestor

Convoca:
Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales ( España)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Diversas cantidaes según acciones realizadas.Consultar apartado 14, punto cuarto.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Particulares / Personas físicas
- Pymes (menos de 250 empleados)
Detalle beneficiarios:
Las empresas, entidades u organizaciones que se encuentren inscritas en la Seguridad Social, que incluyan entre sus fines el desarrollo de actividades tipificadas como acciones financiables o relacionadas con la formación continua, y que observando las bases y criterios establecidos, se ajusten a las modalidades de acciones financiables y requisitos que regula la presente norma.No podrán ser solicitantes de estas subvenciones las Administraciones Públicas.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
1. Acciones de investigación de carácter sectorial.—Tendrán por objeto la realización de estudios cuya finalidad sea el conocimiento en profundidad de la situación económico empresarial, ocupacional y formativa del sector y su evolución, y la anticipación a los cambios que se producen en el sistema productivo y el análisis de sus repercusiones tanto en la competitividad de las empresas como en la cualificación de los trabajadores y en sus necesidades de formación.
2. Acciones de investigación y prospección de carácter transversal y multisectorial.—
Además de las acciones descritas en el apartado anterior, se contemplan bajo este epígrafe otras acciones, de investigación y prospección.
Estas acciones deberán dirigirse a materias o temáticas de naturaleza transversal y multisectorial que, siendo de ámbito estatal y dado su interés y relevancia para la formación continua, planteen la necesidad de contar al respecto con un conocimiento más preciso y en mayor profundidad que el disponible en la actualidad.
Las propuestas para este tipo de acciones deberán incorporar en sus planteamientos elementos de innovación respecto a investigaciones e información preexistentes.
3. Acciones para la estructuración y descripción de la formación continua impartida en el sector.—
Tendrán como objetivo la realización de estudios que analicen la relación existente entre las ocupaciones del sector, las competencias profesionales ejercidas en la empresa y la formación continua impartida, con la finalidad de identificar y describir las acciones formativas que den cobertura a las distintas formas organizativas y de división del trabajo del sector.
4. Acciones para la estructuración y descripción de la formación continua multisectorial.—
Tendrán como objetivo la realización de estudios de ámbito estatal que analicen el tratamiento de las competencias transversales en las clasificaciones profesionales de las empresas y la identificación y descripción de las acciones y los contenidos que den cobertura a las necesidades del mercado laboral a nivel multisectorial.
5. Acciones piloto para la generalización del acceso de las pequeñas y medianas empresas a la formación continua a través de teleformación.—
Este tipo de acciones tendrá por objetivo experimentar la incorporación masiva de las pequeñas y medianas empresas a la formación continua en línea a través de las tecnologías de la información y comunicación.
6. Análisis de metodologías y herramientas de detección de necesidades, organización y planificación de la formación.—
Estas acciones tendrán por objeto el análisis y evaluación de las metodologías y herramientas de «Detección de necesidades de formación» (son 65 acciones) y de «Organización y planificación» (son 108 acciones) financiadas en el marco de los II Acuerdos de Formación Continua, así como la elaboración de una propuesta metodológica que permita dar respuesta a esos objetivos.
7. Acciones de análisis de las prácticas de evaluación de la formación continua utilizadas en el sector.—
Estas acciones tendrán como finalidad el análisis, valoración y catalogación, por sectores, de las prácticas (metodologías y herramientas) de evaluación de la formación continua, y especialmente la desarrollada con cargo a los terceros Acuerdos Nacionales de Formación Continua, en el marco de las convocatorias 2001 y 2002 de Planes de Formación de demanda, valorando y tipificando las buenas prácticas, analizando su adecuación a las particularidades del sector, y realizando orientaciones y propuestas metodológicas concretas que faciliten a las empresas del sector la evaluación de su formación.
8. Edición y difusión de estudios.—
Con la finalidad de garantizar la mayor repercusión y efecto transferible de las investigaciones relacionadas con la formación continua, en el marco de esta convocatoria se financiará la edición y distribución de publicaciones correspondientes a las siguientes colecciones bibliográficas:
a) Colección «Estudios».
b) Colección «Sectores» (incluye un total de 12 títulos).
Requisitos:
- Aquellas entidades que no tuvieran acreditada una plantilla media de al menos diez trabajadores no podrán solicitar más de tres acciones en esta convocatoria.- En el caso de las acciones que tienen por objeto el análisis de metodologías y herramientas, descritas en el apartado sexto, punto seis, de esta convocatoria, no podrán optar a estas subvenciones las entidades que hayan participado, como solicitantes o como responsables del desarrollo, en la realización de alguna acción que pertenezca al grupo que se propone analizar.
- La entidad solicitante deberá acreditar experiencia durante un periodo de al menos tres años, con la realización de dos trabajos, como mínimo, similares o relacionados con el propuesto, así como, haber realizado en los tres últimos años un volumen de negocio o haber dispuesto de un presupuesto, no inferior a 300.000 euros.
- Con independencia del número de proyectos en los que actúe como solicitante, una misma entidad no podrá proponer su colaboración como participante en más de seis solicitudes en esta convocatoria.
Documentos asociados
Boletín:
16/08/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 197
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 197
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
27/08/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 207
Documento: Convocatoria Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 207
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín:
08/03/2006
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 57
Documento: Modificación Descargar Documento
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 57
Documento: Modificación Descargar Documento