Subvenciones publicas destinadas a la realizacion de acciones complementarias y de acompañamiento a la Formacion Profesional Continua en la Comunidad de Castilla y Leon, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.

Código de ayuda:

S49282/08

Norma:

RESOLUCION de 26 de mayo de 2008.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 07/08/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La realización de acciones complementarias y de acompañamiento a la formación en el ámbito de la Comunidad de Castilla y León

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, entidades, u organizaciones, que incluyan entre sus fines el desarrollo de actividades
tipificadas como acciones financiables o relacionadas con la formación continua, que se ajusten a las modalidades de acciones subvencionables y requisitos que regula la presente convocatoria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Acciones de estudio e investigación. Tendrán por objeto la realización de análisis de los factores que estructuran la demanda de formación continua del sistema productivo, con el fin de anticiparse a los cambios en las cualificaciones profesionales. Asimismo, estas acciones tendrán entre sus fines principales conocer las necesidades formativas de los trabajadores con mayor dificultad de acceso a la formación y de las pequeñas y medianas empresas de la Comunidad de Castilla y León.

b) Acciones destinadas a la elaboración y experimentación de productos, técnicas y/o herramientas de carácter innovador para mejorar los sistemas pedagógicos u organizativos de la formación para el empleo. Tendrán especial consideración las acciones referidas a herramientas de carácter informático.

c) Acciones de evaluación de la formación continua. Tendrán por objeto la realización de procesos de evaluación de la formación continua y el desarrollo de procedimientos y técnicas de evaluación para que
puedan ser aplicados por quienes participan y gestionan la formación en Castilla y León con el fin de mejorar su calidad.

d) Acciones de promoción y difusión destinadas a generar, en Castilla y León, redes de conocimiento generalizado de la formación continua mediante centros virtuales de trabajo, bases documentales de consulta, foros de discusión en línea o presenciales, guías de buenas prácticas y cualquier otra medida que favorezca la promoción y difusión de estudios, herramientas y productos de formación continua entre las
empresas, las organizaciones empresariales y sindicales y los distintos agentes que participan en la formación en Castilla y León. También serán financiables, las acciones de promoción de agrupaciones
de pequeñas y medianas empresas para la organización y gestión de sus programas de formación en la Comunidad de Castilla y León. Las acciones de difusión no podrán preverse con acceso restringido para
una entidad, o entidades concretas.

Documentos asociados

Boletín: 16/08/2004
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 197
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 03/07/2008
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 127
Documento: Convocatoria 2008 y Anexos Descargar Documento