Subvenciones públicas destinadas a la financiación de acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, con compromiso de contratación, en la Comunidad de Castilla y León, y se convocan subvenciones, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S45291/12

Norma:

ORDEN EYE/1118/2012, de 20 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Antelación mínima:30 días naturales al inicio de la 1 acción formativa;Antelación máxima:90 días al inicio de la última.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Convocar subvenciones, cofinanciadas hasta en un 80% por el Fondo Social Europeo, para la realización de acciones de formación profesional para el empleo, en su modalidad de oferta, dirigidas prioritariamente a trabajadores desempleados, con compromiso de contratación, en la Comunidad de Castilla y León, para el año 2013.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • Formación

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Castilla y León)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las empresas, asociaciones de empresas u otras entidades que adquieran compromisos de contratación de al menos el 60% de alumnos formados.

Además de los beneficiarios señalados en el apartado anterior, los miembros asociados del beneficiario que se comprometan a ejecutar la totalidad o parte de la actividad que fundamenta la concesión de la subvención en nombre y por cuenta del mismo, podrán tener igualmente la consideración de beneficiarios.

Requisitos:

No podrán obtener la condición de beneficiario aquellas personas o entidades en quienes concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Documentos asociados

Boletín: 27/12/2012
BOCyL Boletín Oficial de Castilla y León- Nº 248
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento