Subvenciones públicas destinadas a contratar agentes de empleo y desarrollo local.

Código de ayuda:

S59246/09

Norma:

Resolucion de 13 de agosto de 2009. ORDEN de 15 de julio de 1999. ORDEN TAS/816/2005, de 21 de marzo.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para el año 2009 para que las entidades locales presenten las solicitudes para obtener subvenciones públicas destinadas a contratar agentes de empleo y desarrollo local (AEDL).

Los agentes de empleo y desarrollo local son trabajadoras o trabajadores que contratan las corporaciones locales, o las entidades que dependen o que están vinculadas a ellas, y que tienen como misión principal colaborar en la promoción y la implantación de las políticas activas de empleo, el fomento de la ocupación y la orientación para la generación de actividad empresarial. Esta colaboración se desarrolla en el marco de la actuación conjunta y acordada de la entidad contratante y el SOIB.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales
  • Empleo
  • Recursos Humanos

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejería de Trabajo y Formación (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El Servicio de Empleo de las Islas Baleares abonará hasta el 80% de los costes laborales totales del agente de empleo y desarrollo local, incluida la cotización empresarial a la Seguridad Social por todos los conceptos, con un máximo de 27.045,54 € al año para cada contratación subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Se pueden beneficiar de la subvención objeto de esta convocatoria los entes locales (ayuntamientos, mancomunidades o consejos insulares), como también las entidades que dependen o que están vinculadas a éstas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos se deben dirigir a temas o materias de desarrollo local. No tienen este carácter los proyectos cuyo objeto sea ejecutar, entre otros, acciones de orientación o ejecutar cursos de formación.

Documentos asociados

Boletín: 31/07/1999
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 182
Documento: Bases reguladoras Descargar Documento
Boletín: 01/04/2005
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 78
Documento: Orden TAS Base Reguladora Descargar Documento
Boletín: 29/08/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 127
Documento: Convocatoria 2009 Descargar Documento