Subvenciones previstas en los articulos 37.n) del Reglamento (CE) 1198/2006 y en el articulo 15.2.a) del Reglamento (CE) 498/2007, para atender a los gastos de constitucion en que incurrieron en las campañas 2010 y 2011 las organizaciones de productores pesqueros en el ambito exclusivo de la Comunidad Autonoma de Galicia, y se particulariza su importe global maximo, tramitada como expediente anticipado de gasto.- Convocatoria 2012.
Código de ayuda:
S53137/11Norma:
ORDEN de 12 de diciembre de 2011. Orden de 10 de diciembre de 2009.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 28/01/2012Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer, en régimen de concurrencia competitiva, la convocatoria para el año 2012 de subvenciones para atender a los gastos por la creación en que incurrieron en las campañas 2010 y 2011 las organizaciones de productores pesqueros, en el ámbito exclusivo de la Comunidad Autónoma de Galicia, previstas en los artículos 37.n) del Reglamento (CE) 1198/2006 y en el artículo 15.2.a) del Reglamento(CE) 498/2007, y se particulariza su importe global máximo.
Categorías Subvención
Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Conselleria de Mar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
El importe máximo de las subvenciones que se concedan en esta convocatoria ascenderá a ciento veinte mil euros (120.000 €).Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
- Microempresas (menos de 10 empleados)
- Organizaciones Empresariales y Sindicales
- Pymes (menos de 250 empleados)
- Sociedades Civiles
Detalle beneficiarios:
Las organizaciones de productores pesqueros inscritas en el registro general de la Dirección General de Ordenación Pesquera, al amparo del artículo 12 del Real decreto 724/2003 por el que se regulan las organizaciones de productores de la pesca y de la acuicultura y sus asociaciones, así como del Reglamento (CE) 104/2000, del Consejo, de 17 de diciembre, cuyo ámbito exclusivo de actuación sería en el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Las acciones colectivas que se desarrollen en la Comunidad Autónoma de Galicia para la realización de las siguientes actuaciones:a) Por la creación de las organizaciones de productores pesqueros con el objeto de que facilite su establecimiento y funcionamiento administrativo.
b) Por ser reconocidas específicamente en virtud del artículo 12 del Reglamento (CE) 104/2000, del
Consejo, de 17 de diciembre, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de los productos de la pesca y la acuicultura, con el objeto de facilitar la aplicación de sus planes de mejora de
la calidad de sus productos.
c) Por su reestructuración para dotarlas de una nueva organización que haga más eficaz su actividad y
más rentable, adecuando su producción a las exigencias del mercado y contribuyendo al cumplimiento de
los objetivos de la política pesquera común.
d) Para obtener una indemnización destinada a compensar los costes derivados de las obligaciones que se les asignen en virtud del artículo 9 del Reglamento (CE) 104/2000, del Consejo, de 17 de diciembre,
por el que se establece la organización común de los mercados en el sector de los productos de pesca y
de la acuicultura.
e) Para obtener una ayuda excepcional y temporal hasta la campaña 2010, regulada en el Reglamento
(CE) 744/2008, del Consejo, de 24 de julio, por el que se establece una acción específica temporal para promover la reestructuración de las flotas pesqueras de la Comunidad Europea afectadas por la crisis económica, a las organizaciones de productores que ya no tengan derecho a ayudas en virtud del artículo 10, apartado 1º, párrafos segundo y tercero, del Reglamento (CE) 104/2000, del Consejo, de 17 de diciembre, para compensar los costes derivados de las obligaciones impuestas a éstas conforme al artículo 9 de ese reglamento, y sujeto a las condiciones previstas en el artículo 10, apartados 2º, 3º y 4º de éste.
Documentos asociados
Boletín:
21/12/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
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Boletín:
28/12/2011
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 247
Documento: Convocatoria 2012 y Anexos. Descargar Documento