Subvenciones por los daños causados por las inundaciones en los establecimientos turisticos y se aprueban las bases reguladoras de las mismas.- Convocatoria 2010.

Código de ayuda:

S48537/10

Norma:

Resolución de 5 de agosto de 2010.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/09/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Paliar los daños materiales directos causados por las lluvias e inundaciones causados en los establecimientos turísticos del Principado de Asturias, con el objeto de contribuir a devolver el establecimiento o infraestructura turística a su estado original.

Categorías Subvención

  • Medio Ambiente y Energía
  • Otras
  • Turismo y Hostelería

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Hasta un importe máximo de 10.000 euros por establecimiento, sin que, en todo caso, la suma de esta subvención y la indemnización que corresponda abonar en concepto de seguro, o cualquier otra subvención o ayuda pública o privada, supere el valor del daño o perjuicio producido.
En caso de que los fondos no fueran suficientes para atender a todas las peticiones, se procederá a realizar un prorrateo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los titulares de pequeñas y medianas empresas turísticas radicadas en el Principado de Asturias que como consecuencia del temporal en los días 10 a 16 de junio de 2010 hayan sufrido daños materiales en las edificaciones, instalaciones, bienes de equipamiento y utillaje, afectos a la actividad turística, debiendo quedar acreditada dicha relación de causalidad.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los costes directos de la reparación de los daños ocasionados en las edificaciones, instalaciones o bienes de equipamiento y utillaje directamente relacionados con la actividad turística desarrollada en el local, ocasionados en los establecimientos turísticos con motivo de las lluvias e inundaciones producidas en el Principado de Asturias entre los días 10 y 16 de junio de 2010, una vez deducido el importe de otras ayudas y el valor de las indemnizaciones previstas por el Consorcio de Compensación de Seguros y las
compañías de seguros.

Requisitos:

a) Deberán ser establecimientos turísticos en funcionamiento, y cuyo número total de empleados pertenecientes al mismo sujeto empresario sea igual o inferior a cincuenta empleados, con independencia del número de centros de trabajo que tenga el mismo.

b) Estar inscritos, en el momento de la publicación de la presente resolución, en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas dependiente de la Dirección General de Turismo y Patrimonio Cultural, como titulares del establecimiento para el que solicita la subvención.

c) Haber sufrido daños directos como consecuencia de las lluvias e inundaciones producidas en el Principado de Asturias entre los días 10 y 16 de junio, en sus establecimientos, infraestructuras, instalaciones, o bienes de equipamiento y utillaje afectos a la actividad empresarial turística.

d) Que los titulares de los establecimientos turísticos tengan contratada póliza de seguro en vigor en el momento de producirse el hecho causante.

Documentos asociados

Boletín: 09/08/2010
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 184
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento