Subvenciones por la que se aprueba el “Programa JOVEM” y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo para fomentar la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenilen colaboración con entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Programa FSE+ Aragón 2021-2027
Código de ayuda:
S11155/26Norma:
ORDEN EPE/38/2023, de 20 de enero. ORDEN EMC/542/2026, de 25 de marzo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 15 de mayo de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para el “Programa JOVEM” y se establecen sus bases reguladoras para la concesión de subvenciones a otorgar por el Instituto Aragonés de Empleo para fomentar la contratación de personas jóvenes desempleadas inscritas en el Sistema Nacional de Garantía Juvenil en colaboración con entidades locales, entidades públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro, en el marco del Programa FSE+ Aragón 2021-2027.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Corporaciones Locales
Empleo
Localización del organismo gestor
AragónConvoca:
Departamento de Empleo, Ciencia y Universidades (Aragón)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Cuando los contratos se concierten a tiempo parcial, la cuantía que corresponda se reducirá proporcionalmente en función de la jornada realizada.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Entidades locales, organismos, corporaciones y empresas públicas, universidades y entidades sin ánimo de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los proyectos de obras, servicios o actividades a realizar se desarrollarán en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Aragón en el marco de la colaboración entre el Instituto Aragonés de Empleo y las entidades solicitantes, tendrán una duración mínima de seis meses y se ejecutarán por las entidadessolicitantes en alguno de los ámbitos previstos en el apartado 2 del artículo 7 de la Orden EPE/38/2023, de 20 de enero.
Requisitos:
a) Que se trate de obras y servicios de interés general y social.b) Que se ejecuten por las entidades solicitantes en régimen de administración directa.
c) Que en su ejecución o prestación se favorezca la formación y práctica profesionales de las personas desempleadas participantes.
d) Que el porcentaje de personas trabajadoras desempleadas a ocupar en la realización de la obra, servicio sea, al menos, del 50%.
e) Que las obras y servicios a ejecutar se inicien en el ejercicio presupuestario de concesión.
f) Que la entidad solicitante de la subvención disponga de asignación presupuestaria suficiente para hacerse cargo de las partidas presupuestarias que, en su caso, no estén subvencionadas por el Instituto Aragonés de Empleo para la realización de la obra o servicio de que se trate, lo que se acreditará
mediante la correspondiente certificación de la entidad.
g) Que, en caso de que las obras o servicios sean ejecutadas en una zona o localidad con ciclos de empleo estacional, se realicen preferentemente en períodos de bajo nivel de contratación.
Documentos asociados
Boletín:
01/02/2023
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 21
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
14/04/2026
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 70
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 70
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
Boletín:
14/04/2026
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 70
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
BOR Boletín Oficial de Aragón- Nº 70
Documento: Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento
