Subvenciones por la Junta de Andalucia a las Diputaciones Provinciales destinadas a la financiacion de los costes de adquisicion de los materiales de los proyectos de obras y servicios afectos al Programa de Fomento de Empleo Agrario.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S18937/13

Norma:

Orden de 24 de mayo de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/06/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las normas reguladoras correspondientes a la concesión de subvenciones durante el año 2013 por parte de la Administración de la Junta de Andalucía a las Diputaciones Provinciales, con la finalidad de financiar la ejecución de proyectos de obras y servicios realizados por las entidades que integran la Administración Local andaluza, en el marco del Programa de Fomento de Empleo Agrario, como complemento a las actuaciones previstas en el Real Decreto 939/1997, de 20 de junio, por el que se regula la afectación al Programa de Fomento de Empleo Agrario, de créditos para inversiones de las Administraciones Públicas en las Comunidades Autónomas de Andalucía y Extremadura y en las zonas rurales deprimidas, y, por otro lado, efectuar su convocatoria para el ejercicio 2013.

Categorías Subvención

  • Agricultura, Ganadería, Caza y Pesca
  • Empleo
  • Inversiones Materiales y Equipos

Localización del organismo gestor

Andalucía

Convoca:

Consejería de Administración Local y Relaciones Institucionales (Andalucía)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cantidad a subvencionar por cada proyecto de obra o servicio estará sujeta a los siguientes límites:

a) El 40% de la aportación del SEPE en los proyectos de obras.

b) El 10% de la aportación del SEPE en los proyectos de servicios.

No obstante, en el caso de proyectos de obras se podrá superar el porcentaje establecido, siempre que la suma de las subvenciones de los proyectos a afectar por Entidad Local no sobrepase la cuantía resultante de aplicar un 40% sobre la aportación total que para costes salariales y cotizaciones empresariales le conceda el SEPE.

Asimismo podrá ser financiable la adquisición de maquinaria, utensilios y elementos de transporte necesarios para la ejecución de estos proyectos en una cuantía que no podrá superar el 3% del importe máximo a subvencionar por proyecto conforme al cálculo indicado en los apartados anteriores, ni suponer el incremento de aquel importe máximo.

En ningún caso el coste de adquisición de los gastos subvencionables podrá ser superior a su valor de mercado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las Diputaciones Provinciales andaluzas que colaboren en la financiación de los costes de adquisición de materiales de los proyectos de obras y servicios destinados a las entidades que integran la Administración Local andaluza de su provincia que durante el ejercicio 2013 se afecten al PFEA, de conformidad con las competencias que les otorga la Ley 5/2010, de 11 de junio, de Autonomía Local de Andalucía.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La adquisición de los materiales empleados en los proyectos de obras y servicios que lleven a cabo las entidades que integran la Administración Local andaluza en el marco del PFEA y de acuerdo con el Texto Refundido de la Ley de Contratos del Sector Público aprobado por el Real Decreto Legislativo 3/2011, de 14 de noviembre.

Documentos asociados

Boletín: 31/05/2013
BOJA Boletín Oficial de la Junta de Andalucía- Nº 105
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento