Subvenciones por Autoempleo, con cargo al Eje 1, Tema 68, al amparo del Programa Operativo FSE 2007- 2013.

Código de ayuda:

S09755/10

Plazo de Solicitud:

1º del 15/02 al 31/03. 2º del 01/04 al 31/05. 3º del 01/06 al 31/07. 4º del 1/08 al 30/09. 5º del 1/10 al 30/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las condiciones que han de regir el concurso, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de las subvenciones públicas DESTINADAS A PROMOVER INICIATIVAS DE AUTOEMPLEO CONTENIDAS EN EL EJE 1: FOMENTO DEL ESPIRITU EMPRESARIAL Y MEJORA DE LA ADAPTABILIDAD DE LOS TRABAJADORES ,EMPRESAS Y EMPRESARIOS, medida 1.5, «Fomentar el apoyo al trabajador por cuenta propia y la creación de empresas» tema prioritario 68: AYUDAS AL AUTOEMPLEO, EN EL MARCO DEL PROGRAMA OPERATIVO FONDO SOCIAL EUROPEO PARA CEUTA 2007-2013.

Categorías Subvención

  • Creación nuevas empresas
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Ceuta

Convoca:

Consejería de Economía y Empleo (Ceuta)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La subvención máxima por proyecto será de 15.000 euros, con el límite del 50% de los costes de implantación del mismo. Para el caso de solicitudes de ayuda que no presentan proyecto de inversión que gradúe la ayuda, el montante total de subvención ascenderá a 1.500 euros para hombres y 1.800 euros para mujeres.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Los beneficiarios desempleados que propicien una iniciativa empresarial no podrán haber desarrollado en los doce meses anteriores a la solicitud actividad empresarial o rofesional alguna, este último extremo no será de aplicación para los cónyuges obligados por la legislación vigente a la afiliación obligatoria al régimen especial de trabajadores autónomos para desarrollar una actividad mercantil. Para las personas que se incorporen mediante la fórmula del autoempleo a la empresa del cónyuge, los gastos y costes computables a efectos de la limitación del 50% de la inversión, serán contabilizados al 50% de su valor no pudiendo existir disminución del empleo estable en el ámbito de la empresa.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Fomentar el apoyo al trabajador por cuenta propia y la creación de empresas», tema prioritario 68: tendrán la consideración de proyectos subvencionables los que promuevan el acceso de desempleados/as al mercado laboral regional, estableciéndose los mecanismos adecuados que propicien la autogeneración
del empleo.

Documentos asociados

Boletín: 19/02/2010
BOCCE Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta- Nº 4923
Documento: Bases, Convocatoria 2010 y Anexos Descargar Documento