Subvenciones plurianuales a entidades de iniciativa social para la promoción de actividades de servicios sociales comunitarios e inclusión social y se procede a su convocatoria para los años 2015 y 2016.

Código de ayuda:

S28991/15

Norma:

ORDEN de 2 de junio de 2015.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 10/07/2015

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La atención a las personas en los centros de inclusión y emergencia social y desarrollan programas y/o prestan servicios en el área de actuación de los servicios sociales comunitarios, de inclusión y, específicamente, de la inclusión social y laboral de la población inmigrante.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s

Detalle beneficiarios:

Las entidades de iniciativa social a las que se refiere el artículo 30 de la Ley 13/2008, de 3 de diciembre, de servicios sociales de Galicia.

Requisitos:

a) Estar inscritas en el Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales, regulado por el Decreto 254/2011, de 23 de diciembre, por el que se regula el régimen de registro, autorización, acreditación y la inspección de los servicios sociales en Galicia.

b) Carecer de ánimo de lucro. No obstará para la consideración de carencia de ánimo de lucro el hecho de que dichas entidades perciban contraprestación de las personas usuarias, siempre y cuando del análisis de sus cuentas anuales se deduzca la no obtención de beneficio.

c) Tener su domicilio social en Galicia o delegación en la Comunidad Autónoma.

d) No encontrarse en ninguna de las situaciones establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia. La acreditación de no estar incursas en dichas circunstancias se realizará mediante declaración responsable de la persona representante de la entidad.

e) Dedicarse, con carácter preferente en concordancia con sus estatutos, a la realización de actuaciones recogidas en el artículo 1.

Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en la que finalice el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el período de ejecución del programa subvencionado.

Documentos asociados

Boletín: 10/06/2015
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 108
Documento: Bases, Convocatorias 2015 y 2016 Descargar Documento