Subvenciones para trabajos de investigación en el ámbito de la paz.

Código de ayuda:

S10637/26

Norma:

Resolución UEX/860/2026, de 21 de marzo. RESOLUCIÓN EXT/1928/2023, de 30 de mayo.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 9 de mayo de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Subvenciones para las universidades del sistema universitario catalán y los centros de investigación con establecimiento operativo en Cataluña, para la realización de trabajos de investigación originales e inéditos que permitan aumentar la eficacia y eficiencia en la transformación de los conflictos violentos.

Categorías Subvención

  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Instituto Catalán Internacional por la Paz (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Un máximo del 10% del importe otorgado. No será subvencionable la adquisición de equipamiento informático.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias las universidades del sistema universitario catalán, públicas o privadas, y sus
centros adscritos, y los centros públicos o privados de Cataluña sin ánimo de lucro que tengan como una de
sus actividades principales la investigación.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Incorporación de personal de apoyo a la investigación mediante cualquier modalidad de adscripción laboral temporal y/o becarios, de acuerdo con la normativa que sea de aplicación en el centro que recibe la subvención. No serán subvencionables las retribuciones de personal funcionario ni de personal fijo vinculado estatutariamente o contractualmente a los centros solicitantes o participantes en la convocatoria.

b) Adquisición de material fungible, inventariable o bibliográfico directamente relacionado con el objeto de la subvención, con un máximo del 10% del importe otorgado. No será subvencionable la adquisición de
equipamiento informático.

c) Viajes para actividades de investigación: desplazamientos y estancias para realizar trabajo de campo
directamente vinculado a la investigación y asistencia a congresos, siempre que se haga difusión de la
investigación en curso, y con un máximo del 30% del importe otorgado.

d) Reuniones y actos públicos: gastos de organización y celebración, así como de publicidad y difusión, de seminarios, conferencias, asambleas, congresos, convenciones y reuniones análogas directamente vinculadas al proyecto de investigación subvencionado.

Requisitos:

1 Los trabajos de investigación objeto de estas subvenciones deben versar directamente sobre alguno de los ámbitos de investigación descritos en cada convocatoria.

2 Los trabajos de investigación objeto de estas subvenciones deben utilizar un lenguaje inclusivo y no sexista ni androcéntrico, que tenga en cuenta la diversidad, que sea respetuoso, no clasista, ni racista, ni xenófobo, ni LGTBI-fóbico, y en general, que evite toda forma de discriminación y estigmatización, para contribuir a erradicar el uso de terminología peyorativa en la documentación.

Documentos asociados

Boletín: 02/06/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8929
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 08/04/2026
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9640
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento