Subvenciones para trabajos de investigación en el ámbito de la paz.
Código de ayuda:
S10637/26Norma:
Resolución UEX/860/2026, de 21 de marzo. RESOLUCIÓN EXT/1928/2023, de 30 de mayo.Plazo de Solicitud:
Hasta el 9 de mayo de 2026.Finalidad u objetivo de la ayuda:
Subvenciones para las universidades del sistema universitario catalán y los centros de investigación con establecimiento operativo en Cataluña, para la realización de trabajos de investigación originales e inéditos que permitan aumentar la eficacia y eficiencia en la transformación de los conflictos violentos.Categorías Subvención
I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
Localización del organismo gestor
CataluñaConvoca:
Instituto Catalán Internacional por la Paz (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Un máximo del 10% del importe otorgado. No será subvencionable la adquisición de equipamiento informático.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Universidades Públicas y Privadas / Centros de Enseñanza
Detalle beneficiarios:
Pueden ser beneficiarias las universidades del sistema universitario catalán, públicas o privadas, y suscentros adscritos, y los centros públicos o privados de Cataluña sin ánimo de lucro que tengan como una de
sus actividades principales la investigación.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Incorporación de personal de apoyo a la investigación mediante cualquier modalidad de adscripción laboral temporal y/o becarios, de acuerdo con la normativa que sea de aplicación en el centro que recibe la subvención. No serán subvencionables las retribuciones de personal funcionario ni de personal fijo vinculado estatutariamente o contractualmente a los centros solicitantes o participantes en la convocatoria.b) Adquisición de material fungible, inventariable o bibliográfico directamente relacionado con el objeto de la subvención, con un máximo del 10% del importe otorgado. No será subvencionable la adquisición de
equipamiento informático.
c) Viajes para actividades de investigación: desplazamientos y estancias para realizar trabajo de campo
directamente vinculado a la investigación y asistencia a congresos, siempre que se haga difusión de la
investigación en curso, y con un máximo del 30% del importe otorgado.
d) Reuniones y actos públicos: gastos de organización y celebración, así como de publicidad y difusión, de seminarios, conferencias, asambleas, congresos, convenciones y reuniones análogas directamente vinculadas al proyecto de investigación subvencionado.
Requisitos:
1 Los trabajos de investigación objeto de estas subvenciones deben versar directamente sobre alguno de los ámbitos de investigación descritos en cada convocatoria.2 Los trabajos de investigación objeto de estas subvenciones deben utilizar un lenguaje inclusivo y no sexista ni androcéntrico, que tenga en cuenta la diversidad, que sea respetuoso, no clasista, ni racista, ni xenófobo, ni LGTBI-fóbico, y en general, que evite toda forma de discriminación y estigmatización, para contribuir a erradicar el uso de terminología peyorativa en la documentación.
Documentos asociados
Boletín:
02/06/2023
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8929
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 8929
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín:
08/04/2026
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9640
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 9640
Documento: Convocatoria 2026 (Completa) Descargar Documento
