Subvenciones para sufragar los gastos de funcionamiento de las entidades asociativas gallegas de personas trabajadoras autonomas, de las entidades asociativas de centros especiales de empleo y de las entidades asociativas de empresas de insercion laboral.- Convocatoria 2013.

Código de ayuda:

S22664/13

Norma:

ORDEN de 10 de junio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y la convocatoria para el año 2013 de las subvenciones destinadas a sufragar los gastos de organización y funcionamiento de las entidades asociativas de Galicia de personas trabajadoras autónomas, de las entidades asociativas de Galicia de centros especiales de empleo y de las entidades asociativas de Galicia de empresas de inserción laboral, con la finalidad de apoyar de forma eficaz la consecución y el cumplimiento de los fines que le son propios.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima de la subvención no podrá exceder la cantidad de 20.000 €.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Las entidades asociativas de personas trabajadoras autónomas de carácter intersectorial, las entidades asociativas de centros especiales de empleo y las entidades asociativas de empresas de inserción laboral cuyo ámbito de actuación comprenda todo el territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia y no sean de ámbito superior al de la Comunidad Autónoma.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

– Programa de ayudas a las entidades asociativas de personas trabajadoras autónomas (anexo A).

– Programa de ayudas a las entidades asociativas de centros especiales de empleo (anexo B).

– Programa de ayudas a las entidades asociativas de empresas de inserción laboral (anexo C).

Requisitos:

a) Tener personalidad jurídica propia e independiente.

b) Estar inscritas en el Registro de Asociaciones Profesionales de Trabajadores Autónomos de la Comunidad Autónoma de Galicia en la fecha de publicación de esta orden.

c) Desarrollar su actividad exclusivamente en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.

d) Tener sede en la Comunidad Autónoma de Galicia, entendiendo por tal disponer de una oficina permanente en ella.

Documentos asociados

Boletín: 19/06/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 116
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento