Subvenciones para reparar los daños causados por las inundaciones acaecidas los pasados dias 26, 27 y 28 de enero de 2007, en la Isla de El Hierro, y en noviembre de 2006, en Vilagarcia de Arousa Pontevedra) y municipios de su entorno.

Código de ayuda:

S45100/07

Norma:

ORDEN APU/1417/2007, de 10 de mayo. Real Decreto-ley 2/2007, de 2 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 23/07/07 para remitir los proyectos técnicos o los presupuestos.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones objeto de la presente orden se aplicarán a todos los términos municipales y núcleos de población previstos en el artículo 1 y disposición adicional segunda del Real Decreto-ley 2/2007, de 2 de febrero, por el que se adoptan medidas urgentes para reparar los daños causados por las inundaciones acaecidas los pasados días 26, 27 y 28 de enero en la isla de El Hierro, en relación con el artículo 1 de la Orden INT/489/2007, de 2 de marzo, por la que se determinan los municipios a los que son de aplicación
las medidas previstas en el citado Real Decreto-ley.

Las subvenciones contempladas en esta orden se destinarán a obras de reparación o restitución de infraestructuras, equipamientos e instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades, y a la red viaria del Cabildo Insular de El Hierro y de las Diputaciones Provinciales de
A Coruña y Pontevedra.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

España

Convoca:

Ministerio de Administraciones Públicas ( España)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Instalaciones y servicios de titularidad municipal y de las mancomunidades, y la red viaria del Cabildo Insular de El Hierro y de las Diputaciones Provinciales de A Coruña y Pontevedra.

Requisitos:

En el plazo de dos meses desde la publicación de la presente orden en el «Boletín Oficial del Estado», el
Cabildo Insular de El Hierro y las Diputaciones Provinciales de A Coruña y Pontevedra, de oficio o, en su caso, a instancia de los Ayuntamientos afectados remitirán a los Subdelegados del Gobierno en las provincias respectivas, los proyectos técnicos o, cuando se trate de actuaciones contempladas en el artículo 56 del Real Decreto Legislativo 2/2000, de 16 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas, los presupuestos correspondientes a las obras de reparación o restitución.

En el caso de que las entidades citadas en el párrafo anterior no remitan los proyectos técnicos o los
presupuestos dentro del indicado plazo, los Ayuntamientos afectados podrán hacerlo subsidiariamente, en el plazo de un mes desde el vencimiento de aquél.

Documentos asociados

Boletín: 03/02/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 30
Documento: Real Decreto Ley 2/2007 Descargar Documento
Boletín: 24/05/2007
BOE Boletín Oficial del Estado- Nº 124
Documento: Convocatoria y Anexos Descargar Documento