Subvenciones para rehabilitar edificaciones y viviendas públicas de titularidad municipal y se procede suconvocatoria, para el año 2026, con carácter plurianual, tramitada como anticipado de gasto (código de procedimiento VI422F).

Código de ayuda:

S00964/26

Norma:

RESOLUCIÓN de 22 de diciembre de 2025.

Plazo de Solicitud:

Hasta las 14:00 horas del 3 de julio de 2026.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Estas subvenciones están dirigidas a prestar apoyo a los ayuntamientos de Galicia de menos de 30.000 habitantes para que puedan rehabilitar edificaciones y viviendas de su titularidad.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Instituto gallego de vivienda y suelo (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las ayudas podrán alcanzar hasta el 95 % del presupuesto protegido de las obras, sin que en ningún caso puedan superar la cantidad de 65.000 euros por edificación o vivienda, o de 68.000 euros, en el caso de edificaciones o viviendas ubicadas en un ámbito histórico, en el ámbito de los Caminos de Santiago o de la Ribeira Sacra o en un ámbito declarado Área de regeneración urbana de interés autonómico (en adelante, Áreas Rexurbe).

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Ayuntamientos de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se considerarán subvencionables al amparo de este programa la ejecución de obras de rehabilitación y/o ampliación de edificaciones y viviendas de titularidad municipal, así como las dirigidas al cambio de uso de edificaciones para su destino a vivienda.

Requisitos:

a) Contar con menos de 30.000 habitantes. Para estos efectos, se tomarán como referencia las últimas cifras oficiales del padrón municipal de habitantes, publicadas por el Instituto Gallego de Estadística a la fecha de publicación de la correspondiente convocatoria.

b) Haber cumplido con el deber de remitir al Consejo de Cuentas de Galicia de las cuentas generales del ejercicio inmediatamente anterior al año de la correspondiente convocatoria, en el que su plazo de presentación había estado vencido.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 9
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 Descargar Documento
Boletín: 15/01/2026
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 9
Documento: B. Reguladoras y Convocatoria 2026 (Extracto) Descargar Documento