Subvenciones para proyectos o actividades de apoyo a los programas de intervencion en materia de drogodependencias.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S01582/14

Norma:

Orden SAN/28/2013, de 30 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/02/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y convocar la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva, para proyectos o actividades de apoyo a los programas de intervención en materia de drogodependencias, a desarrollar durante el año 2014.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Sanidad y Servicios Sociales (Cantabria)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales, asociaciones, fundaciones, organizaciones sindicales y entidades privadas sin ánimo de lucro, que desarrollen sus programas en la Comunidad Autónoma de Cantabria y reúnan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Las actividades del programa de prevención de drogodependencias “El Cine en la Enseñanza
- Educación para la salud” promovido y acreditado por el Plan Regional sobre Drogas,
dirigido al alumnado de 4º de la E.S.O. y E.S.P.O.

b) Programas de prevención de drogodependencias.

c) Campañas y actividades de sensibilización que ofrezcan a la población información sobre
los riesgos del tabaco, cannabis, consumo abusivo del alcohol y estén orientados a incrementar
la percepción de estos riesgos.

d) Programas de formación en drogodependencias dirigidos a diferentes colectivos profesionales.

e) Programas de acogida, información y atención integral al drogodependiente.

Requisitos:

a) No tener asignada ninguna otra subvención nominativa para el mismo objeto en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el correspondiente ejercicio.

b) Tener justificadas las ayudas económicas recibidas con anterioridad del Gobierno de Cantabria.

c) No hallarse en alguno de los supuestos contemplados en el artículo 12.2 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria. En relación con las Asociaciones además no podrán hallarse incursas en los supuestos contenidos en el artículo 12.3 de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria.

Documentos asociados

Boletín: 15/01/2014
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 9
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento