Subvenciones para proyectos de investigacion en materia de prevencion de riesgos laborales.- Convocatoria 2014.

Código de ayuda:

S47146/13

Norma:

RESOLUCIÓN de 4 de diciembre de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/01/2014

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La regulación de las subvenciones a conceder por Osalan, para proyectos de investigación en materia de Prevención de Riesgos Laborales iniciados durante el ejercicio de 2014; incluidas las acciones correspondientes a los proyectos de investigación que se ejecuten en el marco del proyecto europeo SAFERA en el mismo periodo.

Categorías Subvención

  • Empleo
  • I + D + i (Investigación+Desarrollo+Innovación)
  • Prevención Riesgos Laborales

Localización del organismo gestor

País Vasco

Convoca:

Departamento de Empleo y Políticas Sociales (País Vasco)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Se subvencionará como máximo el 100% del presupuesto subvencionable con un tope máximo por año de 50.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas empadronadas en cualquier municipio de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con anterioridad al uno de enero de 2013, y las personas jurídicas, tanto públicas como privadas, radicadas en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Los proyectos de investigación que se pretendan ejecutar en el marco del proyecto europeo SAFERA no podrán ser solicitados por personas físicas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los proyectos de investigación, desarrollo e innovación en materia de prevención de riesgos laborales, desarrollados en el plazo de un año desde la fecha de concesión, sin limitación en cuanto al número de proyectos por solicitante, con un máximo de 50.000 euros por proyecto. Las areas de actuación contempladas en el Plan de Gestión de Osalan para 2013, derivado del despliegue anual de la Estrategia Vasca de Seguridad y Salud en el Trabajo 2011-2014 son:

– El ámbito de la siniestralidad laboral: la prevención de los accidentes de trabajo viales producidos in itinere y en misión.

– El ámbito de la prevención de riesgos laborales:

– Diseño de dispositivos de protección, equipos de trabajo o productos con favorable incidencia en la protección de la seguridad y salud de los trabajadores. No se subvencionarán los que estén siendo comercializados ni los que no ofrezcan una mejora demostrable para la seguridad y salud de los trabajadores frente a los ya existentes.

– Diseño de procedimientos novedosos que propicien la sustitución de agentes químicos peligrosos en el ámbito laboral por otros que no lo sean o lo sean en menor grado.

– El ámbito de las nuevas tecnologías: prevención de riesgos en el uso de las nanopartículas.

– El ámbito de la ergonomía laboral: aspectos preventivos de los trastornos musculoesqueléticos de origen laboral que afectan a las extremidades superiores.

– El ámbito de la psicosociología laboral: aspectos preventivos relacionados con el estrés laboral y/o el «burnout» en las organizaciones.

– El ámbito de la prevención de riesgos laborales bajo la perspectiva de género: diferencias en la prevención de riesgos por razones de género.

– El ámbito de la prevención de riesgos laborales bajo la perspectiva de la discapacidad física o psíquica.

– El ámbito de la prevención de riesgos laborales bajo la perspectiva de la inmigración, sobre
todo en sectores como la construcción y el sector primario.

– El ámbito de la prevención de riesgos laborales bajo la perspectiva de las PYMEs, especialmente en las microempresas.

– El ámbito del sector primario, sobre todo en pesca, agricultura, ganadería, selvicultura, forestalismo, etc.

– El ámbito de la vigilancia de la salud: coste de las enfermedades profesionales.

Dicha relación tiene carácter informativo y no implica priorización sobre otros proyectos de
investigación relacionados con la prevención de riesgos laborales en otras áreas de actuación.

Igualmente, serán subvencionables los proyectos de empresas y entidades de la Comunidad
Autónoma de Euskadi aprobados por el Proyecto Europeo SAFERA y cumplan los requisitos establecidos en esta convocatoria. La subvención máxima por año del proyecto será de 50.000 euros, con el límite de tres años en la duración del proyecto. No obstante, la continuidad de la subvención en los sucesivos años está supeditada y no se producirá hasta que no se cumpla la condición de la existencia de crédito adecuado en las sucesivas convocatorias que se realicen, debiendo el beneficiario presentar solicitud en cada una de ellas.

Documentos asociados

Boletín: 30/12/2013
BOPV Boletín Oficial del País Vasco- Nº 247
Documento: Bases, Convocatoria 2014 y Anexos. Descargar Documento