Subvenciones para proyectos de fomento de la recogida selectiva de la fracción orgánica de residuos municipales.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S16764/17

Norma:

RESOLUCIÓN TES/791/2017, de 10 de abril. RESOLUCIÓN TES/860/2017, de 19 de abril.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 26 de junio de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La finalidad principal de esta subvención es el fomento de la recogida selectiva de la fracción orgánica de
residuos municipales desde una perspectiva de la economía circular y, por lo tanto, contribuir a lograr una
gestión más sostenible y un ahorro de recursos naturales, así como dar cumplimiento a los objetivos
establecidos en la normativa vigente.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Territorio (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Proyectos A y B: El porcentaje máximo de financiación para cada una de las actuaciones solicitadas y
justificadas será del 75%.

El valor económico máximo que se otorgará por ente local beneficiario, sea municipal o supramunicipal, para la realización de este tipo de proyecto, será el que corresponda de acuerdo con la tabla siguiente, en función de los habitantes censados en el ámbito territorial del ente local en el que se ejecutará el proyecto solicitado:

Número total de habitantes involucrados en el proyecto;

importes máximos <5000; Hasta 10.000 €, en función de la población involucrada

Entre 5.000 y 10.000; Máximo entre 10.000 y 30.000 €, en función de la población involucrada Entre 10.000 y 50.000; Máximo entre 30.000 y 50.000 €, en función de la población involucrada

Superior a 50.000; Hasta 100.000 €, en función de la población involucrada En los proyectos de autocompostaje complementario, adicionalmente se establecerán los siguientes importes unitarios máximos:

- Compostador individual: 80 €/unidad

- Compostador comunitario: 140 €/unidad

En los proyectos de autocompostaje comunitario exclusivo, adicionalmente se establecerán los siguientes
importes unitarios máximos:

- Compostador comunitario: 250 €/unidad

El importe total dedicado a inversión y equipos para la recogida y gestión de la FV no superará el 50% del
importe total de la actuación o proyecto a financiar.

Proyectos C:

El valor económico máximo que se otorgará para la realización de esta diagnosis y plan de actuación será el
que corresponda de acuerdo con la siguiente tabla, en función de los habitantes censados en el ámbito
territorial del ente local en el que se ejecutará el proyecto solicitado:

Número total de habitantes incluidos en la diagnosis; Nueva implantación; ampliación; mejoras <2.000; Hasta 3.000 €; Hasta 3.000 €; Hasta 3.000 €

Entre 2.000 y 10.000; -; ; Hasta 5.000 €

Entre 10.000 y 50.000; -; ; Hasta 10.000 €

Superior a 50.000; -; ; Hasta 20.000 €

Los importes de la tabla anterior son importes máximos. En caso de que no se incluyan actuaciones de campo o
información sobre los objetivos e indicadores u otros aspectos relacionados con el alcance y la calidad de las actuaciones, se podrá reducir la cantidad a otorgar.

Proyectos D. Para proyectos de fomento de la economía circular, el porcentaje máximo de financiación para cada una de las actuaciones solicitadas y justificadas será del 75%. El importe máximo a otorgar por ente local beneficiario, sea municipal o supramunicipal, será de 20.000 €. El importe total dedicado a inversión no superará el 50% del importe total de la actuación o proyecto a financiar.

En los casos en que se otorgue un proyecto de mejoras, y además, un proyecto de bioeconomia circular, el
importe máximo a otorgar por ente local beneficiario, sea municipal o supramunicipal, será de 70.000 €.

Proyectos E

Para determinar la cuantía máxima de este tipo de proyecto, se tendrá en cuenta la cantidad de FORM objetivo
a recoger, considerando los indicadores incluidos en el formulario de solicitud, que deberán estar debidamente justificados y en la memoria de la solicitud. Los importes máximos, en caso de incluir en el proyecto todas las actuaciones indicadas en la base 4.2, serán los recogidos en la siguiente tabla:

Cantidad de FORM objetivo en el ámbito del proyecto; Importes máximos en función de la RS objetivo del
proyecto <50 t/año; Hasta 5.000 € en función de la RS objetivo

Entre 50 y 200 t/año; Entre 5.000 y 10.000 €, en función de la RS objetivo

Superior a 200 t/año; Hasta 10.000 € en función de la RS objetivo.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Los entes locales de Cataluña, previa adhesión a la plataforma EACAT (ayuntamientos, entidades municipales metropolitanas, consejos comarcales, mancomunidades de municipios, consorcios y diputaciones, entre otros) que fomenten la recogida selectiva de la materia orgánica y/o el autocompostaje en el ámbito de sus competencias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) Proyectos de nueva implantación o ampliación del ámbito de la recogida selectiva de la fracción orgánica y proyectos de autocompostaje como vía de gestión exclusiva de la FORM.

Estos proyectos incorporarán nuevos habitantes y/o nuevos grandes productores en el ámbito del servicio
público de recogida selectiva de la FORM o bien serán proyectos para la instalación de compostadores por parte del ente local como vía exclusiva de gestión de la FORM.

B) Proyectos de mejoras del servicio público de recogida selectiva de la fracción orgánica, la fracción vegetal y proyectos de autocompostaje como vía de gestión complementaria de la FORM.

Los proyectos de mejora pretenden obtener mejores resultados en cantidad y/o calidad de la FORM o la
fracción vegetal (FV) gestionada en municipios donde ya se está realizando este servicio de recogida selectiva, así como complementar este servicio implantando compostadores.

C) Diagnosis del servicio público de recogida selectiva y planes de actuación para la nueva implantación,
ampliación o mejora de la recogida selectiva adscrita al servicio público.

Estos proyectos pretenden elaborar una diagnosis con descripción de la situación actual del municipio en el
servicio público de recogida, la gestión y el tratamiento de los residuos, diferenciando el ámbito de la
ciudadanía y el ámbito de los grandes productores, principales dificultades del servicio de recogida selectiva, así como un plan de actuaciones para conseguir los niveles cuantitativos y cualitativos deseables

D) Proyectos singulares de interés general que fomenten la gestión de la fracción orgánica de los residuos
municipales dentro de un modelo de economía circular en el ámbito municipal.

Se trata de actuaciones ejecutadas por entes locales en proyectos innovadores y que se pueden reproducir en
otros lugares con características similares y que involucren a los diversos agentes del ciclo de gestión de la materia orgánica en el ámbito municipal, incluyendo actuaciones en los cuatro ámbitos: los productores de materia orgánica domésticos y/o comerciales, las entidades y empresas de recogida, las instalaciones de tratamiento biológico de la materia orgánica y los usuarios del compuesto, de manera que se fomente el enlace entre unos y otros agentes, en un esquema de la economía circular.

Requisitos:

A) Proyectos de nueva implantación o ampliación de la recogida selectiva o de autocompostaje exclusivo.

Podrán concurrir los entes locales que dispongan de una diagnosis de la recogida selectiva y un plan de
actuación, de acuerdo con el contenido establecido en la base 9.1.a).

B) Proyectos de mejora de la recogida selectiva o de autocompostaje complementario.

Podrán concurrir los entes locales que dispongan de una diagnosis de la recogida selectiva y un plan de
actuación, de acuerdo con el contenido establecido en la base 9.1.a).

C) Diagnosis y plan de actuación para la nueva implantación, ampliación o mejora de la recogida selectiva.

Podrán concurrir los entes locales que no dispongan de una diagnosis del estado actual de la recogida selectiva (RS) y de un plan de actuaciones para la implantación, ampliación o mejoras de la recogida selectiva de la FORM, de acuerdo con el contenido recogido en la base 9.1.a). Se aconseja este proyecto a los entes locales con resultados de recogida selectiva por debajo de la media catalana, y especialmente a los entes locales que cumplen con cualquiera de estas condiciones:

- % de RS total inferior al 40%.

- Índice cuantitativo de RS de la FORM inferior a 100 gramos por habitante y día.

- Índice cualitativo de la RS de la FORM superior a 10% de residuos impropios.

D) Proyectos singulares de interés general que fomenten la economía circular en el ámbito municipal.

Podrán concurrir todos los entes locales que dispongan de una diagnosis de la recogida selectiva y un plan de actuación, de acuerdo con el contenido recogido en la base 9.1.c) y hayan alcanzado en el último año, de acuerdo con los datos que constan en la ARC, al menos dos de estas tres condiciones:

- % de recogida selectiva total superior al 40%.

- Índice cuantitativo de RS de la FORM superior a 100 gramos por habitante y día.

- Índice cualitativo de la RS de la FORM inferior a 10% de residuos impropios.

Los entes locales que concurran en este tipo de proyectos podrán hacerlo simultáneamente también al proyecto de mejora de la recogida selectiva o de autocompostaje complementario.

E) Proyectos para grandes productores consistentes en impulsar mejoras cuantitativas y cualitativas de la
recogida selectiva de la FORM o para el autocompostaje como vía complementaria de gestión de la FORM.

Podrán concurrir las empresas, entidades privadas o públicas, distintas de los entes locales que generen más de 20 toneladas/año de residuos orgánicos, quieran implantar mejoras cualitativas o cuantitativas y que dispongan de una diagnosis de la situación actual de la recogida selectiva y un plan de actuación, de acuerdo con el contenido establecido en la base 9.1.d).

Documentos asociados

Boletín: 19/04/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7352
Documento: Bases Reguladoras 2017 Descargar Documento
Boletín: 25/04/2017
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 7356
Documento: Convocatoria 2017 Descargar Documento