Subvenciones para proyectos de expansión comercial y nuevas fórmulas de comercialización en el sector comercial y artesanal.- Convocatoria 2018.

Código de ayuda:

S05364/18

Norma:

ORDEN de 29 de diciembre de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 2 de abril de 2018.

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Aproximadamente 30.000

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Las subvenciones reguladas por estas bases tienen por objeto la concesión de subvenciones para proyectos de expansión del sector comercial y nuevas fórmulas de comercialización en el sector comercial y artesanal.

Categorías Subvención

  • Artesanía
  • Comercio
  • Creación nuevas empresas

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Economía, Empleo e Industria (Galicia)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las personas físicas o jurídicas, comunidades de bienes o cualquier otro tipo de unidad económica o patrimonio separado sin personalidad jurídica, legalmente constituidas que, en todo caso, cumplan además los siguientes requisitos:

1.1. Para actuaciones de puesta en marcha de proyectos de expansión comercial:

– Que desarrollen su actividad comercial en Galicia y que cumplan los requisitos establecidos legalmente para ejercer la actividad.

– Que, teniendo la condición de peme conforme a los requisitos establecidos por la Comisión Europea en su Recomendación 2003/361/CE, de 6 de mayo de 2003 (DOUE 124, de 20 de mayo, p. 36), empleen a menos de cincuenta (50) trabajadores y no tengan la consideración de gran establecimiento comercial según la normativa aplicable.

– Que esté dado de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II y que este constituya la actividad principal del solicitante de forma ininterrumpida en los últimos dos años, a contar a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

– Que desarrollen la actividad comercial en un establecimiento comercial con una superficie de exposición y venta igual o inferior a 300 metros cuadrados, excepto que la actividad comercial se encuadre en el epígrafe 653.1 del IAE.

1.2. Para actuaciones de puesta en marcha de proyectos piloto pop up para la expasión comercial:

– Los comerciantes que reúnan los requisitos previstos en el apartado 1.1.

– Los comerciantes que realicen la actividad comercial en línea con domicilio social en la Comunidad Autónoma de Galicia que cuenten con un mínimo de dos años de actividad comercial ininterrumpidamente y que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo II.

– Que estén dados de alta en alguno de los epígrafes del IAE que se relacionan en el anexo III y que constituya la actividad principal del solicitante de forma ininterrumpida en los dos últimos años, a contar a partir de la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Documentos asociados

Boletín: 01/02/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 23
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2018 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 01/02/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 23
Documento: Convocatoria 2018 (Extracto) Descargar Documento
Boletín: 05/02/2018
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 25
Documento: Corrección de Errores Descargar Documento