Subvenciones para proyectos de energía solar fotovoltaica dirigidas a particulares, para el año 2019.

Código de ayuda:

S12946/19

Norma:

RESOLUCIÓN de 21 de febrero de 2019. RESOLUCIÓN de 2 de abril de 2019. RESOLUCIÓN de 19 de septiembre de 2019.

Plazo de Solicitud:

Del el 8 de abril a las 9.00 horas y finalizará el 1 de julio de 2019.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas subvenciones es apoyar proyectos promovidos por los particulares y sus agrupaciones y asociaciones con fines de ahorro energético y fomento del uso de las energías renovables. Los proyectos se limitarán a instalaciones para la generación de electricidad mediante paneles solares fotovoltaicos.

Categorías Subvención

  • Inversiones Materiales y Equipos
  • Medio Ambiente y Energía

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

INEGA - Instituto Energético de Galicia (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Cada entidad colaboradora podrá solicitar un máximo de 250.000 € en proyectos con reserva de fondos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Autónomos
  • Comunidades de bienes / propietarios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las subvenciones, sin perjuicio de reunir los demás requisitos establecidos en estas bases, las personas físicas titulares de cualquier derecho sobre un inmueble de derecho residencial o las comunidades y mancomunidades de vecinos, siempre que las actuaciones subvencionables descritas en el artículo 4 se realice en viviendas o edificios del sector residencial sitas en la Comunidad Autónoma de Galicia. Asimismo, las agrupación de personas físicas privadas sin personalidad, que no se podrán disolver hasta que transcurra el plazo de prescripción previsto en los artículos 35 y 63 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Podrán tener derecho a subvención todas aquellas actuaciones descritas en el artículo 1 de estas bases reguladoras que se ejecuten dentro del territorio de la Comunidad Autónoma de Galicia. El plazo de ejecución de los proyectos subvencionables se iniciará una vez haya efectuado la solicitud de ayuda ante esta entidad y finalizará el 30 de septiembre de 2019.

Serán subvencionables:

a) Los paneles solares fotovoltaicos.

b) El acondicionamiento de la energía eléctrica (inversores, convertidores, reguladores, cuadros eléctricos, elementos de interconexión, protecciones, cableado, equipos de medidas, etc.), monitorización (sensores, adquisición de datos, comunicación remota, etc.) y sistema de acumulación con baterías.

c) El resto de accesorios de la instalación para el correcto funcionamiento del sistema.

d) El coste de montaje y conexionado, así como la dirección de obra.

e) IVA, cuando no sea recuperable conforme a la legislación nacional sobre IVA.

Documentos asociados

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