Subvenciones para proyectos de adhesion a la Formacion Profesional Dual, desarrollados por centros privados que impartan formacion profesional del sistema educativo en la Comunidad Autonoma de la Region de Murcia, para aquellos ciclos formativos sostenidos con fondos publicos.- Convocatoria 2013/2014.

Código de ayuda:

S24819/13

Norma:

Orden de 20 de junio de 2013.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 19/07/2013

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar las bases reguladoras y convocar subvenciones para financiar la puesta en marcha de proyectos de adhesión a la Formación Profesional Dual, desarrollados por centros privados que impartan Formación Profesional del sistema educativo en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, para aquellos ciclos formativos sostenidos con fondos públicos, y que dispongan de entornos productivos que reúnan requisitos idóneos para su aplicación.

Categorías Subvención

  • Educación y Ciencia

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Educación, Juventud y Deportes (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El número de proyectos a seleccionar será como máximo de dos, cuya subvención unitaria nunca sobrepasará los 5.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Los centros que impartan Formación Profesional del sistema educativo, para aquellos ciclos formativos sostenidos con fondos públicos, en la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

- Proyecto de Formación Profesional Dual Armonizada.

- Proyecto de Formación Profesional Dual Heterogénea.

- Proyecto de Formación Profesional Dual de Profundización.

Requisitos:

a. No estar incurso en las circunstancias que impiden obtener la condición de beneficiario señaladas en los apartados 2 y 3 del artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

b. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, y de sus obligaciones económicas frente a la Seguridad Social, así como no tener deudas tributarias en período ejecutivo de pago con la Administración de la Comunidad Autónoma, salvo que las deudas estén suspendidas o garantizadas.

Documentos asociados

Boletín: 29/06/2013
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 149
Documento: Bases, Convocatoria 2013/2014 y Anexos. Descargar Documento