Subvenciones para proyectos culturales año 2009 de las entidades asociativas o organizativas sin ánimo de lucro: a) actividades musicales, b) actividades cultural popular, c) actividades cinematográficas o videográficas, d) otras actividades culturales y e) realización y edición de libros, fonogramas y audivisuales.

Código de ayuda:

S30500/09

Norma:

Consejo Insular de Mallorca (Num. 6867).

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 18/05/2009

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Se pueden acoger a esta convocatoria de subvenciones las solicitudes que tengan por objeto realizar en Mallorca, entre el 1 de enero y el 31 de octubre del año 2009, los proyectos culturales que, dirigidos a la colectividad o a un sector del público en general, se recojan en las diferentes líneas de subvenciones, de acuerdo con los requisitos y las condiciones que se indican en la base siguiente.

Quedan excluidos los proyectos culturales previstos en otras convocatorias del Consejo de Mallorca o los que sean objeto de subvenciones nominativas, excepto las ediciones presentadas en la convocatoria de apoyo genérico. El Departamento de Cultura y Patrimonio no otorgará más de una subvención para el mismo proyecto cultural programado dentro de este año, independientemente de la entidad que presente la solicitud.

En caso de que se quiera presentar más de un proyecto cultural dentro de la línea de subvenciones ‘Actividades musicales’, ‘Actividades de cultura popular’ y ‘Actividades cinematográficas o videográficas’ o, en el caso de las ediciones, más de un proyecto en cada uno de los objetos de edición subvencionables, tienen que indicar la prelación. Si no es así, lo decidirá el órgano competente, a propuesta del órgano instructor y con el informe que previamente habrá hecho a la comisión evaluadora.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado
  • Corporaciones Locales

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Durante el ejercicio presupuestario de 2009, se destinan las cantidades siguientes a las subvenciones objeto de esta convocatoria:

- Actividades de cultura popular: 50.000 euros, con cargo de la partida 20.45130.48914(RC nº. de ordenado 2009/3880)

- Actividades musicales: 40.000 euros, con cargo de la partida 20.45130.48915(RC nº. de ordenado 2009/3881)

- Activitats cinematográficas o videográfcas: 60.000 euros, amb càrrec de la partida 20.45130.48917(RC nº. de ordenado 2009/3886)

- Otras actividades culturales: 180.000 euros con cargo en la partida 20.45130.48900. (RC nº. de ordenado 2009/3885)

- Realización y edición de libros, fonogramas y audiovisuales: 40.000 euros, con cargo en la partida 20.45130.48900. (RC nº. de ordenado 2009/3884)

Si una vez calculados los importes de las subvenciones, se produjera algún remanente en la dotación presupuestaria de unas o más líneas de subvenciones, se puede gestionar de la manera siguiente:

Si dentro de la misma línea no hay ninguna otra entidad que se pueda beneficiar con el remanente producido, la comisión evaluadora puede proponer al órgano competente que aquel remanente aumente las cantidades de las otras líneas de la siguiente manera:

- Remanente en la línea de actividades musicales: En primer lugar, la de ediciones, en segundo lugar, la de otras actividades culturales, en tercer lugar, la de cultura popular y, por última, la de actividades cinematográficas o videográficas.

- Remanente en la línea de actividades de cultura popular: En primer lugar, la de actividades musicales, en segundo lugar, la de ediciones, en tercer lugar, la de otras actividades culturales y, por última, la de actividades cinematográficas o videográficas.

- Remanente en la línea de actividades cinematográficas o videográficas:

En primer lugar, la de actividades musicales, en segundo lugar, la de ediciones, en tercer lugar, la de otras actividades culturales y, por última, la de actividades de cultura popular.

- Remanente en la línea de otras actividades culturales: En primer lugar, la de actividades musicales, en segundo lugar, la de ediciones, en tercer lugar, la de actividades de cultura popular y, por última, la de actividades cinematográficas o videográficas.

- Remanente en la línea de ediciones: En primer lugar, la de actividades musicales, en segundo lugar, la de otras actividades culturales, en tercer lugar, la de actividades de cultura popular. y, por última, la de actividades cinematográficas o videográficas.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro que, con domicilio social en Mallorca, estén legalmente constituidas e inscritas, de forma definitiva, en el registro pertinente al acabar el plazo de presentación de solicitudes y tengan dentro de su objeto social la realización y el desarrollo de actividades culturales.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

A) ACTIVITAS MUSICALES

Se incluye en esta línea de subvenciones la realización de festivales, conciertos y clases magistrales de música clásica o de jazz que se propongan promover y divulgar estas disciplinas musicales entre la población.

Quedan excluidas las clases magistrales promovidas por los centros de enseñanza de música. Limitación: se puede subvencionar un único proyecto de este tipo.

B) ACTIVIDADES DE CULTURA POPULAR

Tienen cabida las muestras, exposiciones, certámenes, jornadas, conferencias e itinerarios que, de acuerdo con el que establece la Ley 1/1992, de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional, persiguen la recuperación, conservación, promoción, difusión y valoración social de los elementos de nuestro patrimonio cultural popular y tradicional. Limitación: se puede subvencionar un único proyecto de este tipo.

C) ACTIVIDADES CINEMATOGRÁFICAS O VIDEOGRÁFICAS:

Se contempla la realización de muestras de cine, jornadas, conferencias y cualquier otro actividad que tenga por objeto, íntegramente, la difusión y promoción de las artes visuales. Limitación: se puede subvencionar un único proyecto de este tipo.

D) OTRAS ACTIVIDADES CULTURALES:

Se pueden acoger el resto de proyectos de carácter cultural que no tengan cabida en los apartados anteriores, siempre que promuevan el desarrollo cultural de nuestra isla.

Quedan excluidas, aquellas actividades relativas a la promoción exterior de la cultura de Mallorca y las de ámbito no propiamente cultural, como por ejemplo: educativo, juvenil, deportivo, sanitario, social, medioambiental, etc.

Limitación: Sólo se puede subvencionar, como máximo, tres proyectos de otras actividades culturales de entre los que presente, en su caso, el solicitante.

E) REALIZACIÓN Y EDICIÓN DE LIBROS, FONOGRAMAS Y AUDIOVISUALES

Se contempla en esta línea, las ediciones de libros, fonogramas y audiovisuales de obras inéditas que tengan una proyección colectiva y pública. Limitación: se puede obtener, como máximo, una subvención para cada uno de los conceptos de edición subvencionables (libro, fonograma, audiovisual). Los conceptos de realización y edición comprenden los gastos correspondientes, por una parte, en la producción de la obra y, por otra parte, a la fijación de ésta en un medio que permita la comunicación y la obtención de copias. Se entiende por libro, a los efectos de esta convocatoria, el manuscrito de más de 50 páginas que puede ser editado tanto en papel como en formato digital.

Quedan excluidas las reediciones y las ediciones con contenidos que no sean de carácter cultural, como por ejemplo: educativo, juvenil, deportivo, sanitario, social, medioambiental, científico, etc.

Documentos asociados

Boletín: 18/04/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 56
Documento: Bases y Anexos Descargar Documento
Boletín: 18/04/2009
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 56
Documento: Convoatoria 2009 y Anexos Descargar Documento