Subvenciones para proyectos culturales año 2008: 1) actividades culturales de las entidades asociativas uorganizativas sin ánimo de lucro: A) actividades culturales musicales, B) actividades de cultura popular, C) actividades cinematográficas o videográficas, D) otras actividades culturales y E) realización y edición de libros, fonogramas y audiovisuales.

Código de ayuda:

S39519/08

Norma:

Consejo de Mallorca, Num. 9149.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 27/06/2008

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El Consejo de Mallorca, en el ejercicio de sus competencias y, de acuerdo con los objetivos fijados en el Plan estratégico de subvenciones del año 2008, quiere impulsar una política cultural propia a través de la colaboración de las personas físicas y entidades sin ánimo de lucro mediante la convocatoria de una
serie de líneas de subvenciones.

Con esta convocatoria se intenta, primero, promover y fomentar entre la población diferentes aspectos de la cultura, en general, y de nuestra cultura, en particular.

En concreto, se trata de asumir, entre otros objetivos:

- Dinamizar la cultura dando soporte a la realización de acontecimientos culturales de proyección colectiva y pública; en particular, los musicales, los que hacen referencia a nuestro patrimonio cultural y a las artes visuales.
- Promover los proyectos editorales de nuestras entidades sin ánimo de lucro que tienen la finalidad de difundir y divulgar entra la colectividad obras de interés cultural.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Islas Baleares

Convoca:

Consejo Insular de Mallorca (Islas Baleares)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

El importe de las subcvenciones de esta convocatoria son el resultado de la distribución proporcional de las dotaciones presupuestarias en función de las puntuaciones obtenidas por cada beneficiario, de acuerdo con los criterios de evaluación fijados en la base décimosegunda. Para determinar el importe de cada una se calcula, primero, el valor de cada punto, que se obtiene de dividir el importe total de la dotación presupuestaria correspondiente -prevista ebn la base séptima- entre el número total de puntos obtenidos por las solicitudes pertinentes y, posteriormente, el valor del punto se multiplica por los puntos obtenidos
para cada solicitud.

No obstante esto, no importa establecer un orden de prelación entre las solicitudes presentades que reunen los requisitos de la convocatoria, según el criterio de la base décimo segunda, cuando las dotaciones presupuestarias sean suficientes para incluirlas todas.

El importe de la subvención no puede sobrepasar la cantidad solicitada por el beneficiario ni puede ser superior, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas o subvenciones, ingresos u otros recursos obtenidos de cualquier procedencia, al coste del proyecto cultural subvencionado.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarios:

Las entidades asociativas u organizativas sin ánimo de lucro que, con domicilio social en Mallorca, estén legalmente constituidas e inscritas, de forma definitiva, en el registro pertinente al acabar el plazo de presentación de solicitudes.
Quedan exceptuadas, las de ámbito educativo y juvenil, las asociaciones de vecinos - menos de las federaciones de vecinos -, las de la tercera edad, las de amas de casa y las de carácter deportivo.

No obstante esto, no pueden ser beneficiarias:
- Las que incurran en alguna de las prohibiciones establecidas en el artículo 10 (apartado 1 y 2) del Decreto legislativo 2/2005, de 28 de diciembre, que aprueba el texto refundido de la Ley de de subvenciones (BOIB núm. 196 de 31 de diciembre de 2005).
- Las que no hayan justificado, documentalmente, la realización del proyecto cultural subvencionado en la convocatoria del año 2007, de acuerdo con las condiciones establecias.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Se pueden acoger a esta convocatoria de subvenciones las solicitudes que tengan por objeto realizar en Mallorca, durante el año 2008, los proyectos culturales que se recogen en las diferentes líneas de subvenciones, de acuerdo con los requisitos y las condiciones que se indican en la base siguiente:

Quedan excluidos los proyectos culturales previstos en otras convocatorias del Consejo de Mallorca o los que sean objeto de subvenciones nominativas, exceptuando de las ediciones presentadas en la convocatoria de soporte genérico. El Departament de Cultura no otorgará más de una subvención para el mismo proyecto cultural programado dentro del año, independientemente de la entidad que presente la solicitud.

En el caso que se quiera presentar más de un proyecto cultural dentro de una misma línea de subvenciones o, en el caso de las ediciones, más de un proyecto en cada uno de los objetos de ediciones subvencionables, tienen que indicar la prelación. Si no es así, lo decidirá el órgano competente, a propuesta del órgano instructor y con el informe que previamente habrá hecho la comisión evaluadora.

Líneas de subvenciones:

1. ACTIVIDADES CULTURALES.

A) ACTIVIDADES MUSICALES.
Se incluyen en esta línea de subvenciones la realización de festivales, conciertos y clases magistrales integramente de música clásica o de jazz que se propongan promover y divulgar estas disciplinas musicales entre la población.
Quedan exluidas las clases magistrales promovidas por centros de enseñamiento de música. Limitación: Se puede subvencionar un único proyecto de este tipo.

B) ACTIVIDADES DE CULTURA POPULAR.
Tienen cabida las muestras, exposiciones, certámenes, jornadas, conferencias e itinerarios que, de acuerdo con lo que establece la Ley 1/1992, de 19 de marzo, de cultura popular y tradicional, persiguen la recuperación, conservación, promoción y difusión y valoración social de los elementos de nuestro
patrimonio cultural popular y tradicional. Limitación: se puede subvencionar un único proyecto de este tipo.

C) ACTIVIDADES CINEMATOGRÁFICAS O VIDEOGRÁFICAS.
Se contempla la realización de muestras cine, jornadas, conferéncias y cualquier otra actividad que tenga por objeto, integtramente, la difusión y promoción de las artes visuales. Limitación: se puede subvencionar un único proyecto de este tipo.

D) OTRAS ACTIVIDADES CULTURALES :
Se pueden acoger el resto de proyectos de carácter cultural que no tengan cabida en los apartados anteriores, siempre que promuevan el desarrollo cultural de nuestra isla.
Quedan excluidos, aquellas actividades relativas a la promoción exterior de la cultura de Mallorca y las de ámbito no propiamente cultural, como por ejemplo: educativo, juvenil, deportivo, sanitario, social, medioambiental, etc.
Limitación: Sólo se puede subvencionar, como máximo tres proyectos de ottras actividades culturales de entre los que presente, en su caso, el solicitante.

E) REALITZACIÓN Y EDICIÓN DE LIBROS, FONOGRAMAS Y AUDIVISUALES.
Se contempla en esta línea, las ediciones de libros, fonogramas y audiovisuales de obras inéditas que tengan una proyección colectiva pública.
Limitación: Se puede obtener, como máximo, una subvención por cada uno de los conceptos de edición subvencionalbles (libro, fonograma, audiovisual).
Los conceptos de realización y edición comprenden los gastos correspondientes, en un sentido, a la producción de la obra, i del otro, a la fijación de ésta en un medio que permita la comunicación y obtención de cópias.
Se entiende por libro, a los efectos de esta convocatoria, el manuscrito de más de 50 páginas que puede ser editado tanto en papel como en forma digital.
Quedan excluidos, las reediciones y las ediciones con contenido que no sean de carácter cultural, como por ejemplo: educativo, juvenil, deportivo, sanitario, social, medioambiental, científico, etc.

Son subvencionables los gastos necesarios para desarollar el proyecto cultural, se hayan abonado o noaunque las facturas u otros documentos que las acrediten. Pero, atendidas las partidas presupuestarias de la convocatoria, no son subvencionables las inversiones, las obras, la compra de equipamientos o de
cualquier otro bien inventariable.

Documentos asociados

Boletín: 27/05/2008
BOIB Boletín Oficial de las Islas Baleares- Nº 73
Documento: Bases y Convocatoria 2008 Descargar Documento