Subvenciones para proyectos a favor de desempleados sin prestaciones, perceptores de Renta Basica.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S14164/11Norma:
ORDEN FORAL 8E/2011, de 4 de marzo.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 05/04/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer el régimen de concesión de subvenciones, para el ejercicio 2011 a entidades sin ánimo de lucro para la realización de proyectos a favor de personas desempleadas dentro de lo recogido en la Ley Foral 7/2009, de 5 de junio por la que se regula la asignación tributaria del 0,7%.Categorías Subvención
Asociacionismo y Voluntariado
Empleo
Sanidad, Servicios Sociales y Mayores
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Asuntos Sociales, Familia, Juventud y Deportes (Navarra)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La asignación de la cuantía de la subvención coincidirá con el 100% de lo solicitado.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
Detalle beneficiarios:
Las entidades que, de acuerdo con sus estatutos, puedan intervenir en cualquiera de los ámbitos de actuación señalados.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los gastos de personal, funcionamiento y actividades, para el desarrollo por entidades sin ánimo de lucro, de proyectos y actuaciones en el ámbito de la Incorporación Social dirigidos a personas que simultáneamente estén en situación de exclusión social o en riesgo de estarlo y se encuentren desempleadas.Los conceptos de personal y actividades incluirá los siguientes gastos:
–Responsable del proyecto.
–Personal Técnico de las actividades.
–Personal docente.
–Prácticas en empresas.
–Salario de los participantes. Hasta un máximo del 150 del SMI por persona y mes y un máximo de seis meses de subvención (Cantidad máxima por persona contratada = 6.734,70 euros).
–Material para la formación (material fungible).
–Desplazamiento de los participantes.
–Gastos de local.
–Gastos de gestión.
Requisitos:
a) Estar inscritas en el Registro de Servicios Sociales, dependiente del Departamento de Asuntos Sociales, Familia Juventud y Deporte, en la fecha en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, o en elregistro que reglamentariamente les corresponda.
b) Carecer de fines de lucro.
c) Tener su domicilio social o delegación permanente en Navarra.
d) Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, frente a la Seguridad Social o de pago de obligaciones por reintegro de deudas a favor de la Administración de la Comunidad Foral de Navarra o sus Organismos Autónomos.
e) No estar incursas en el resto de prohibiciones que, para obtener la condición de beneficiario de subvenciones, se establecen en el artículo 13, apartados 2 y 3, de la Ley Foral de Subvenciones.
Todos los requisitos señalados deberán cumplirse en la fecha en que expire el plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el periodo de ejecución de la actividad subvencionada.
Documentos asociados
Boletín:
16/03/2011
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 52
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento
BON Boletín Oficial de Navarra- Nº 52
Documento: Bases y Convocatoria 2011. Descargar Documento