Subvenciones para promover la participacion ciudadana - Modificación.

Código de ayuda:

S04228/09

Norma:

ORDEN IRP/5/2009, de 13 de enero. ORDEN IRP/28/2009, de 2 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Se abrirá el día siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria y se cerrará el día que en ésta se determine.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de las subvenciones que se rigen por estas bases son los proyectos y las acciones dirigidos a promover la participación social a través del fomento de espacios, procesos y experiencias de participación ciudadana.

Categorías Subvención

  • Otras
  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Interior, Relaciones Institucionales y Participación (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía concreta de cada subvención, al amparo de la convocatoria correspondiente, se fija teniendo en cuenta la adecuación de las propuestas presentadas a los criterios de valoración publicados, así como otras subvenciones o ayudas que el solicitante pueda percibir para la misma actividad o proyecto, de forma que la cantidad a otorgar aisladamente o con concurrencia con otras no supere en ningún caso el 100% del coste de la actividad o proyecto.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Asociaciones
  • Ayuntamientos/Municipios
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Organismos / Entidades Públicas
  • Organizaciones Empresariales y Sindicales

Detalle beneficiarios:

Los ayuntamientos, consejos comarcales, mancomunidades de municipios, consorcios constituidos por entes
locales, entidades municipales descentralizadas, diputaciones, asociaciones, fundaciones, colegios profesionales, sindicatos y universidades.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Planes de participación.

b) Procesos de participación.

c) Desarrollo institucional de espacios y órganos para la participación.

d) estructuras técnicas de apoyo a la participación.

e) Actividades de formación en participación.

f) Actividades de difusión de experiencias y políticas de fomento de la participación.

Requisitos:

a) No encontrarse en ninguno de los supuestos de prohibición previstos en el artículo 13 de la ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

b) estar al corriente de las obligaciones tributarias ante la Administración del estado y la Generalidad, así como las obligaciones ante la Seguridad Social.

c) estar al corriente de pago de las obligaciones por reintegro de subvenciones en los términos que reglamentariamente se determinen.

d) Cumplir los requisitos establecidos en los artículos 32.1, 32.3 y 36.4 de la ley 1/1998, de 7 de enero, de política lingüística.

Documentos asociados

Boletín: 21/01/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5301
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 10/02/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5315
Documento: Modificación Descargar Documento