Subvenciones para promover el uso racional del medicamento en la Región de Murcia.

Código de ayuda:

S15200/04

Norma:

Orden de 30 de abril de 2004.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/06/2004

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La convocatoria de subvenciones, y el establecimiento de las bases por las que ha de regirse su solicitud y concesión, para financiar programas de actuación destinados a fomentar el uso racional del medicamento.

Los programas versarán fundamentalmente sobre el impulso de la calidad de la prescripción en los ámbitos de atención primaria y especializada a través de actividades docentes directas, de acciones de investigación, así como a través del acceso a la información y documentación sobre la evidencia científica aplicada a la práctica clínica.

Categorías Subvención

  • Sanidad, Servicios Sociales y Mayores

Localización del organismo gestor

Región de Murcia

Convoca:

Consejería de Salud (Región de Murcia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Sin especificar.
En ningún caso podrá ser de tal cuantía que, aisladamente o en concurrencia con otras subvenciones o ayudas de otras Administraciones o Entes públicos o privados, nacionales o internacionales, y con cualesquiera otros ingresos o recursos para la misma finalidad o actividad desarrollada, supere el coste de la actividad a desarrollar por el beneficiario, o de la finalidad para la que se concedió la subvención.

En el supuesto en que el importe de la subvención concedida supere los 60.101 euros, el beneficiario constituirá garantía, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 66.3 del Texto Refundido de la Ley de Hacienda de la Región de Murcia.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Pymes (menos de 250 empleados)

Detalle beneficiarios:

Aquellos profesionales o grupos de profesionales que se encuentren vinculados, laboral o estatutariamente, a instituciones sanitarias, centros educativos u organismos públicos o privados de investigación.

En el caso de proyectos de investigación los equipos de investigación serán dirigidos por un investigador principal con título de Doctor que, a todos los efectos, será el responsable del proyecto subvencionado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Los programas de actuación se podrán desarrollar a través de las siguientes actividades:
- Actividades docentes directas.
- Acciones de investigación.
- Actuaciones que mejoren el acceso a la información y documentación sobre la evidencia científica aplicada a la práctica clínica.

Los programas se desarrollarán en un período máximo de 1 año, contado a partir de la concesión de la ayuda, tendrán como ámbito de estudio la Región de Murcia, y podrán ser realizados individualmente o en equipo.

Las subvenciones previstas en esta convocatoria se destinarán a cubrir los siguientes gastos, siempre que estén directamente relacionados con la realización del programa:
- Gastos derivados de la contratación de profesionales para el desarrollo de los programas, y los relacionados con la formación de aquellos dentro del contenido de los programas.
No serán subvencionables las retribuciones de las personas que resulten adjudicatarias de las subvenciones convocadas por esta Orden.
- Gastos de material inventariable y bibliográfico, indispensable para la realización del programa de actuación subvencionado.
A efectos de esta convocatoria, los programas informáticos se considerarán material inventariable.
- Gastos correspondientes a material fungible.
- Gastos correspondientes a desplazamientos, viajes y dietas.
- Gastos de difusión.
- Otros gastos necesarios para el desarrollo del programa.

Requisitos:

Los beneficiarios deberán estar al corriente de sus obligaciones fiscales con la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia, en el momento de la concesión de la subvención, extremo que será comprobado de oficio por parte del órgano encargado de la instrucción del procedimiento.

Ningún investigador principal podrá figurar como tal en más de un proyecto de investigación, dentro de la presente convocatoria.
Ningún investigador podrá figurar simultáneamente en más de dos proyectos de investigación dentro de la presente convocatoria.

Documentos asociados

Boletín: 31/05/2004
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 124
Documento: Convocatoria Descargar Documento
Boletín: 31/05/2004
BORM Boletín Oficial de la Región de Murcia- Nº 124
Documento: Anexos Descargar Documento