Subvenciones para promover acciones de sostenibilidad local para el año 2010- Modifiación.
Código de ayuda:
S39873/08Norma:
RESOLUCIÓN MAH/2934/2008, de 30 de septiembre. ORDEN MAH/244/2008, de 15 de mayo. RESOLUCION MAH/1538/2009, de 28 de mayo. RESOLUCION MAH/3225/2009, de 12 de noviembre. Resolución de 26 de febrero. ORDEN MAH/469/2010, de 22 de septiembrePlazo de Solicitud:
Fecha Fin: 16/04/2010Finalidad u objetivo de la ayuda:
Convocar subvenciones dirigidas a los entes locales destinadas a promover las acciones de sostenibilidad local para el año 2010.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Medio Ambiente y Energía
Localización del organismo gestor

Convoca:
Departamento de Medio Ambiente y Vivienda (Cataluña)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La subvención tiene un importe máximo de 60.000 euros por actuación, siempre que no represente más del 75% del coste total excepto para municipios de menos de 5.000 habitantes que podrán ser subvencionados hasta el 90%.Los gastos generales imputables directamente y exclusivamente a la actuación pueden ser como máximo del 10% del coste total y deben estar debidamente justificados.
Los gastos de personal propio no son subvencionables.
Se debe justificar el coste total de la actuación.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
Los ayuntamientos, los consejos comarcales, los consorcios, las entidades municipales descentralizadas y las agrupaciones de municipios, así como las agrupaciones de entes locales sin personalidad jurídica que tengan la voluntad de elaborar un plan o de ejecutar una actuación de las que describe la base 2, en los términos y con los requisitos y las condiciones que establecen estas bases.Éstos deben cumplir, en todo caso, los requisitos siguientes:
a) Estar al corriente de las obligaciones tributarias ante el Estado y la Generalidad, y de las obligaciones ante la Seguridad Social.
b) No encontrarse en ninguna de las circunstancias previstas en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Pueden ser objeto de las subvenciones reguladas en estas bases las acciones de sostenibilidad local siguientes:a) Acciones de prevención del cambio climático.
b) Acciones para promover la movilidad sostenible.
c) Acciones de integración de políticas de sostenibilidad en la acción local.
Documentos asociados
Boletín:
28/05/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5140
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
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Boletín:
07/10/2008
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5230
Documento: Convocatoria para los años 2008 y 2009 Descargar Documento
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Documento: Convocatoria para los años 2008 y 2009 Descargar Documento
Boletín:
08/06/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5395
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
23/11/2009
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5511
Documento: Modificación Descargar Documento
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Boletín:
17/03/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5589
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
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Boletín:
06/10/2010
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5729
Documento: Modificación Descargar Documento
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