Subvenciones para produccion de obras y giras de aficionados en materia de teatro.- Convocatoria 2011.
Código de ayuda:
S12091/11Norma:
Orden CUL/6/2011, de 23 de febrero.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 25/03/2011Finalidad u objetivo de la ayuda:
Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones a aficionados en materia de teatro, para la producción de obras y la realización de giras durante el año 2011.Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Asociacionismo y Voluntariado
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Cantabria)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía concedida no superará el 90% del coste de la actividad subvencionada, y en ningún caso la cantidad de 5.000 euros.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, siempre que tengan su domicilio fiscal en Cantabria:a) Las personas físicas que, a título individual, desarrollan una actividad teatral como aficionados.
b) Los grupos aficionados de teatro, integrados por dos o más personas.
c) Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollan una actividad teatral a título aficionado.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
a) Modalidad A. Producción.b) Modalidad B. Giras.
c) Modalidad C. Producción y giras.
1. Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, por tener una relación directa y necesaria con su desarrollo, y se realicen y paguen con anterioridad al día 30 de diciembre de 2011.
2. En concreto, se considerarán gastos subvencionables:
a) Modalidad A. Producción: los relacionados en el Anexo II.
b) Modalidad B. Giras:
— Los gastos por colaboraciones y dietas (alojamiento, manutención y transporte) de los actores y técnicos que trabajen en el espectáculo.
— El precio de alquiler de las salas donde se represente el espectáculo.
— Los gastos de transporte de los medios necesarios para el espectáculo.
c) Modalidad C. Producción y giras: los correspondientes a las modalidades A y B.
Requisitos:
En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios:a) Quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.
b) Quienes sean beneficiarios de una subvención nominativa para la misma actividad en la Ley de Cantabria 10/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2011.
Documentos asociados
Boletín:
08/03/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 46
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos Descargar Documento
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 46
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos Descargar Documento