Subvenciones para produccion de obras y giras de aficionados en materia de teatro.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S12091/11

Norma:

Orden CUL/6/2011, de 23 de febrero.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 25/03/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Establecer las bases reguladoras y aprobar la convocatoria de subvenciones a aficionados en materia de teatro, para la producción de obras y la realización de giras durante el año 2011.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cantabria

Convoca:

Consejería de Cultura, Turismo y Deportes (Cantabria)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía concedida no superará el 90% del coste de la actividad subvencionada, y en ningún caso la cantidad de 5.000 euros.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones, siempre que tengan su domicilio fiscal en Cantabria:

a) Las personas físicas que, a título individual, desarrollan una actividad teatral como aficionados.

b) Los grupos aficionados de teatro, integrados por dos o más personas.

c) Las personas jurídicas sin ánimo de lucro que desarrollan una actividad teatral a título aficionado.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

a) Modalidad A. Producción.

b) Modalidad B. Giras.

c) Modalidad C. Producción y giras.

1. Serán gastos subvencionables los que de manera indubitada respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, por tener una relación directa y necesaria con su desarrollo, y se realicen y paguen con anterioridad al día 30 de diciembre de 2011.

2. En concreto, se considerarán gastos subvencionables:

a) Modalidad A. Producción: los relacionados en el Anexo II.

b) Modalidad B. Giras:

— Los gastos por colaboraciones y dietas (alojamiento, manutención y transporte) de los actores y técnicos que trabajen en el espectáculo.

— El precio de alquiler de las salas donde se represente el espectáculo.

— Los gastos de transporte de los medios necesarios para el espectáculo.

c) Modalidad C. Producción y giras: los correspondientes a las modalidades A y B.

Requisitos:

En ningún caso podrán adquirir la condición de beneficiarios:

a) Quienes se hallaren en alguna de las circunstancias del artículo 12, apartados 2 y 3, de la Ley de Cantabria 10/2006, de 17 de julio.

b) Quienes sean beneficiarios de una subvención nominativa para la misma actividad en la Ley de Cantabria 10/2010, de 23 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Cantabria para el año 2011.

Documentos asociados

Boletín: 08/03/2011
BOC Boletín Oficial de Cantabria- Nº 46
Documento: Bases, Convocatoria 2011 y Anexos Descargar Documento