Subvenciones para organizaciones no gubernamentales en materia de acción humanitaria y se convocan las correspondientes al año 2005.

Código de ayuda:

S41791/05

Norma:

Orden GAP/352/2005, de 28 de julio.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 17/09/2005

Finalidad u objetivo de la ayuda:

El objeto de estas ayudas es colaborar con organizaciones no gubernamentales que actúen en el ámbito de la acción humanitaria.

Categorías Subvención

  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Departamento de Gobernación y Administraciones Públicas (Cataluña)

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones

Detalle beneficiarios:

Pueden ser beneficiarias de esta línea de subvenciones las organizaciones no gubernamentales que cumplan los requisitos siguientes:

a) Estar legalmente constituidas e inscritas en el registro oficial correspondiente y que durante el año natural en curso cumpla un mínimo de tres años de antigüedad de constitución legal.
b) Disponer de sede social o delegación con establecimiento permanente en Cataluña, así como tener una presencia activa, capacidad de movilización y base social amplia al territorio catalán.
La entidad debe tener un equipo de gestión o un órgano de trabajo con capacidad de decisión en Cataluña que pueda asumir la
responsabilidad directa de la presentación de la solicitud y estar en condiciones de dar en todo momento a la Generalidad de Cataluña cualquier aclaración, información y documentación relativa a la contabilidad y gestión del proyecto durante la fase de seguimiento y ejecución.
c) Disponer de capacidad logística, recursos humanos, materiales y experiencia para garantizar la calidad y el cumplimiento de los objetivos que las intervenciones que se deriven del convenio que se pide de subvencionar.
d) No tener ánimo de lucro.
e) Estar al corriente de las obligaciones derivadas de subvenciones percibidas de la Generalidad en ejercicios anteriores.
f) Tener como finalidad institucional principal y expresamente recogida en sus estatutos el trabajo en ayuda humanitaria y/o que por la trayectoria histórica de la entidad se pueda constatar objetivamente que su principal ámbito de trabajo es la acción humanitaria.
g) Acreditar una experiencia de, como mínimo, tres años a cumplir durante el año natural en curso en la realización de actividades de acción humanitaria.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Esta línea de ayudas tiene por objeto establecer un marco de colaboración en materia de acción humanitaria con organizaciones no gubernamentales que actúen en este ámbito.

Las actuaciones que se propongan se han de enmarcar dentro las finalidades que se especifican en el punto 4 de estas bases y se han de atender a las prioridades sectoriales, las zonas y los colectivos que figuran en los puntos 5, 6 y 7, respectivamente, de estas bases.
La propuesta de colaboración, en caso de adjudicarse la subvención, se instrumentará mediante un convenio de acuerdo con lo previsto en el punto 17 de estas bases.

Las propuestas no han de incluir proyectos específicos sino una propuesta de actuación general.

Documentos asociados

Boletín: 04/08/2005
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 4441
Documento: Bases y Convocatoria 2005 Descargar Documento