Subvenciones para mejorar el servicio universal de acceso a Internet de banda ancha vía satélite.- Convocatoria 2017.

Código de ayuda:

S20873/16

Norma:

ORDEN FYM/571/2016, de 17 de junio. Orden de 20 de julio de 2016. Orden de 27 de enero de 2017.

Plazo de Solicitud:

Hasta el 30 de septiembre de 2017.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Mejorar el servicio universal de acceso a Internet de banda ancha vía satélite en las zonas de Castilla y León en las que la prestación de este servicio no resulta viable económicamente con otras tecnologías. Se consideran servicios de acceso a Internet de banda ancha vía satélite aquellos servicios bidireccionales que permitan una velocidad de transferencia de datos de, como mínimo, 6 Mbps en sentido de la red al usuario.

Categorías Subvención

  • Desarrollo Rural
  • Equipamientos informáticos y Tecnología
  • Mujeres, Infancia y Ayudas familiares

Localización del organismo gestor

Castilla y León

Convoca:

Consejería de Fomento y Medio Ambiente (Castilla y León)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

Las subvenciones se concederán con cargo a la aplicación presupuestaria 04.05.491A02.7803H.0 por importe de 50.000 (CINCUENTA MIL) euros de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Castilla y León para 2016. La cuantía de la subvención a conceder para cada contratación alcanzará el 100% de la cantidad
justificada, con el límite de CUATROCIENTOS EUROS (400 €), en tanto se disponga de crédito suficiente.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Podrán ser beneficiarios de las ayudas reguladas en las presentes bases reguladoras, las personas físicas mayores de edad que reúnan todos y cada uno de los requisitos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

Las actuaciones subvencionables son la contratación, en el período que se determine en la correspondiente Orden de convocatoria, de nuevos servicios de acceso a Internet de banda ancha vía satélite, en las zonas de Castilla y León en las que la prestación del servicio de acceso a Internet de banda ancha no resulta viable económicamente con otras tecnologías. Este hecho podrá ser comprobado por el órgano competente para la ordenación e instrucción del procedimiento.

A los efectos previstos en las presentes bases reguladoras, se consideran servicios de acceso a Internet de banda ancha vía satélite aquellos servicios de acceso a Internet de banda ancha vía satélite en ambos sentidos de la comunicación que permitan una velocidad de transferencia de datos en sentido de la red al usuario, de como mínimo la velocidad que se determine en la correspondiente Orden de convocatoria.

Requisitos:

a) Contratar con un proveedor de servicios un servicio de acceso a Internet de banda ancha vía satélite.

b) Que la instalación del nuevo servicio de acceso a Internet de banda ancha vía satélite disponga del correspondiente Boletín de Instalación de Telecomunicaciones, debidamente cumplimentado, según modelo aprobado en el Anexo III de la Orden ITC/1142/2010, de 29 de abril.

c) Poseer la nacionalidad española, o la de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea o del Espacio Económico Europeo, Suiza, o el parentesco determinado por la normativa que sea de aplicación. En el caso de los extranjeros no comunitarios, deberán tener residencia legal, en España.

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