Subvenciones para mantenimiento e inversion en museos y colecciones museograficas dependientes de personas, familias e instituciones sin fines de lucro radicados en el Principado de Asturias.- Convocatoria 2011.- Modificación.

Código de ayuda:

S39355/09

Norma:

Resolucion de 22 de abril de 2009. Resolucion de 16 de diciembre de 2009. Resolución de 14 de marzo de 2011. Resolución de 22 de febrero de 2011.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 30/04/2011

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Aprobar la convocatoria de concesión de subvenciones para mantenimiento en museos y colecciones museográficas dependientes de familias e instituciones sin fines de lucro radicados en el Principado de Asturias, durante el ejercicio 2011.

Categorías Subvención

  • Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
  • Asociacionismo y Voluntariado

Localización del organismo gestor

Principado de Asturias

Convoca:

Consejería de Cultura y Turismo (Principado de Asturias)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

La cuantía máxima que se podrá conceder a un peticionario par el conjunto de los siguientes gastos corrientes será de 4.000 €:

— Material de oficina.

— Suministros.

— Comunicaciones.

— Transporte.

— Prima de seguros.

— Alquiler de locales.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Asociaciones
  • Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
  • Fundaciones
  • Particulares / Personas físicas

Detalle beneficiarios:

Las personas, familias e instituciones sin fines de lucro titulares de museos y colecciones museográficas radicados en el Principado de Asturias que cumplan los requisitos establecidos.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

El funcionamiento de museos y colecciones museográficas:
Destinada a la financiación de los gastos derivados del funcionamiento de los equipamientos y de la realización de actividades culturales desarrollados en los mismos.

— Para actividades culturales, tales como exposiciones, publicaciones, actividades didácticas, de investigación, etc., incluyendo gastos de personal inherentes a su desarrollo.

— Para trabajos de documentación (registros, inventarios y catálogos de fondos) y conservación preventiva de las colecciones (excluidos gastos de inversión), incluyendo gastos de personal inherentes a su desarrollo.

— Para el funcionamiento y mantenimiento de los museos y colecciones museográficas con exclusión de los gastos ordinarios de personal.

Requisitos:

- Cuando se trate de una asociación ha de estar inscrita en el Registro de Asociaciones al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.

- Si es una Fundación cultural privada ha de estar inscrita en el Registro de Fundaciones Docentes y Culturales de Interés General del Principado de Asturias, de acuerdo con el Decreto 34/1998, de 18 de junio, regulador del mismo y en relación con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.

Documentos asociados

Boletín: 20/05/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 115
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 20/05/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 115
Documento: Convocatoria 2009 y Anexos Descargar Documento
Boletín: 29/12/2009
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 299
Documento: Convocatoria 2010 Descargar Documento
Boletín: 14/03/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 60
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín: 31/03/2011
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 75
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento