Subvenciones para mantenimiento de museos y colecciones museográficas dependientes de familias e instituciones sin fines de lucro radicados en el Principado de Asturias.
Código de ayuda:
S10973/06Norma:
RESOLUCIÓN de 6 de marzo de 2006.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 10/05/2006Finalidad u objetivo de la ayuda:
La concesión de ayudas económicas en régimen de concurrencia competitiva con destino a los equipamientos calificados como museos o sobre los que exista incoado procedimiento de calificación, a los proyectos de creación de museos, así como a las colecciones museográficas, dependientes de familias e instituciones sin fines de lucro.Se entiende por colección museográfica a efectos de esta convocatoria aquellos conjuntos estables de bienes culturales, que sin reunir todos los requisitos propios de los museos, se exponen al público para su contemplación de forma permanente, coherente y ordenada, con un horario accesible y regular, se facilite el acceso a los investigadores, y gocen sus fondos de las atenciones básicas para garantizar su custodia y conservación.
Categorías Subvención
Actividades culturales, lingüísticas y Deporte
Patrimonio Cultural y Arquitectura
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consejería de Cultura, Comunicación Social y Turismo (Principado de Asturias)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
La cuantía máxima que se podrá conceder a un peticionario par el conjunto de los siguientes gastos corrientes será de 4.000 euros:— Material de oficina.
— Suministros.
— Comunicaciones.
— Transporte.
— Prima de seguros.
Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Asociaciones
- Entidades sin ánimo de lucro, Ong´s
- Fundaciones
- Particulares / Personas físicas
Detalle beneficiarios:
Las personas, familias e instituciones sin fines de lucro.¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Se incluyen en esta convocatoria las siguientes ayudas al mantenimiento:— Al programa anual de actividades y al funcionamiento, con exclusión de los gastos ordinarios de personal.
Excepcionalmente, por razones justificadas y acreditadas adecuadamente, se podrá considerar la concesión
de ayudas a gastos de personal.
Las actividades y gastos de funcionamiento objeto de la presente convocatoria deberán estar terminados el 24 de noviembre de 2006.
No serán subvencionables los gastos de equipamiento o inversión, así como aquellos originados por los conceptos de dietas, manutención o atenciones protocolarias.
Requisitos:
Que sean titulares de museos situados en Asturias que estén ya calificados como tales, en proceso de calificación o en vías de creación, o titulares de colecciones museográficas.Cuando se trate de una asociación ha de estar inscrita en el Registro de Asociaciones al amparo de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, reguladora del Derecho de Asociación.
Si es una fundación cultural privada ha de estar inscrita en el Registro de Fundaciones Docentes y Culturales de Interés General del Principado de Asturias, de acuerdo con el Decreto 34/1998, de 18 de junio, regulador del mismo, y en relación con la Ley 50/2002, de 26 de diciembre, de Fundaciones.
Documentos asociados
Boletín:
10/04/2006
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 83
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento
BOPA Boletín Oficial del Principado de Asturias- Nº 83
Documento: Bases Reguladoras, Convocatoria 2006 y Anexos Descargar Documento