Subvenciones para los talleres de empleo dentro de los programas mixtos de empleo y formacion de la Comunidad Autonoma de Galicia.- Convocatoria 2013.- Modificación.
Código de ayuda:
S15973/13Norma:
ORDEN de 8 de mayo de 2013. ORDEN de 20 de agosto de 2013. ORDEN de 26 de septiembre de 2013.Plazo de Solicitud:
Fecha Fin: 17/06/2013Finalidad u objetivo de la ayuda:
El establecimiento de las bases reguladoras, así como la convocatoria, en régimen de concorrencia competitiva, para el año 2013, de las ayudas y subvenciones para los talleres de empleo dentro de los programas mixtos de empleo y formación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.Categorías Subvención
Corporaciones Locales
Empleo
Localización del organismo gestor

Convoca:
Consellería de Trabajo y Bienestar (Galicia)¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?
Consultar según programa.Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?
- Ayuntamientos/Municipios
- Organismos / Entidades Públicas
Detalle beneficiarios:
a) Entidades locales y sus organismos autónomos o entidades que ejerzan las competencias de aquellas en materia de promoción del empleo o de formación, dependientes o asimiladas a ellas, cuya titularidad corresponda integramente a dichas entidades locales.b) Los consorcios locales previstos en el artículo 149 de la Ley 5/1997, de 22 de julio, de
Administración local de Galicia.
¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?
Los programas mixtos de empleo y formación en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia.Requisitos:
Las entidades promotoras deberán ser competentes para la ejecución de las correspondientesobras o servicios y disponer de la capacidad técnica y de gestión suficiente
para la realización de los proyectos y, además, deberán tener una media de paro registrado
en el año 2012 superior a 500 personas.
Este requisito de número mínimo de personas desempleadas no será de aplicación cuando la solicitud o las actuaciones previstas en el proyecto engloben, al menos a tres ayuntamientos limítrofes.
No podrán ser beneficiarias las entidades que esten incursas en algunas de las circunstancias
establecidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Documentos asociados
Boletín:
16/05/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 93
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 93
Documento: Bases, Convocatoria 2013 y Anexos. Descargar Documento
Boletín:
29/08/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 164
Documento: Modificación Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 164
Documento: Modificación Descargar Documento
Boletín:
30/09/2013
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
Documento: Modificación Descargar Documento
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 186
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