Subvenciones para los promotores de viviendas protegidas destinadas a alquiler y promotores de alojamientos protegidos acogidos al Plan de vivienda y rehabilitacion 2009-2012.

Código de ayuda:

S52682/10

Norma:

Orden de 2 de septiembre de 2010. Decreto 402/2009, de 22 de octubre. REAL DECRETO 2066/2008, de 12 de diciembre.

Plazo de Solicitud:

Fecha Fin: 15/10/2010

Finalidad u objetivo de la ayuda:

La concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, destinadas a favorecer la construcción de viviendas protegidas destinadas a arrendamiento o alojamientos protegidos.

Categorías Subvención

  • Vivienda y Urbanismo

Localización del organismo gestor

Galicia

Convoca:

Consellería de Medio Ambiente, Territorio y Vivienda (Galicia)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1. Para promotores de viviendas protegidas de nueva construcción para arrendamiento a 25 años:

a) 350 euros por cada metro cuadrado de superficie útil de vivienda protegida de régimen especial. Con el límite de 90 metros cuadrados útiles de vivienda.

b) 250 euros por cada metro cuadrado de superficie útil de vivienda protegida de régimen general. Con el límite de 90 metros cuadrados útiles de vivienda.

Esta subvención se incrementará en 15 euros por cada metro cuadrado de superficie útil de vivienda en caso de que la promoción esté situada en un ámbito territorial de precio máximo superior (ATPMS), operando igualmente el límite de los 90 metros cuadrados útiles de vivienda.

2. Para promotores de viviendas protegidas de nueva construcción para arrendamiento a 10 años:

a) 250 euros por cada metro cuadrado de superficie útil de vivienda protegida de régimen especial. Con el límite de 90 metros cuadrados útiles de vivienda.

b) 200 euros por cada metro cuadrado de superficie útil de vivienda protegida de régimen general. Con el límite de 90 metros cuadrados útiles de vivienda.

Esta subvención se incrementará en 15 euros por cada metro cuadrado de superficie útil de vivienda en caso de que la promoción esté situada en un ATPMS, operando igualmente el límite de los 90 metros cuadrados útiles de vivienda.

3. Para promotores de alojamientos protegidos:

a) Destinados a colectivos vulnerables: 500 euros por cada metro cuadrado de superficie útil del alojamiento más de la superficie útil destinada a servicios comunes la cuál no podrá exceder del 30% del total de la superficie útil de los alojamientos.

b) Destinados a otros colectivos específicos: 320 euros por cada metro cuadrado de superficie útil del
alojamiento más de la superficie útil destinada a servicios comunes la cual no podrá exceder del 30% del total de la superficie útil de los alojamientos.

c) Además, por cada alojamiento que cuente con contrato visado, corresponderá una ayuda adicional de 200 euros por metro, cada metro cuadrado de superficie útil del alojamiento más de la superficie útil destinada a servicios comunes, la cuál no podrá exceder del 30% del total de la superficie útil de los alojamientos.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Autónomos
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Cooperativas y Sociedades Laborales no Agrarias
  • Microempresas (menos de 10 empleados)
  • Particulares / Personas físicas
  • Pymes (menos de 250 empleados)
  • Sociedades Civiles

Detalle beneficiarios:

Las personas físicas o jurídicas promotoras de:

1. Viviendas protegidas de nueva construcción para arrendamiento a 25 o a 10 años de régimen especial o general que hubiesen obtenido préstamo convenido al amparo del Plan de vivienda y rehabilitación 2009- 2012, reguladas en el artículo 22 y siguientes del Real decreto 2066/2008.

2. Alojamientos protegidos regulados en el artículo 35 y siguientes del Real decreto 2066/2008.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

La construcción de viviendas protegidas destinadas a arrendamiento o alojamientos protegidos.

Documentos asociados

Boletín: 24/12/2008
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 309
Documento: REAL DECRETO 2066/2008 Descargar Documento
Boletín: 05/11/2009
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 217
Documento: Bases Reguladoras Descargar Documento
Boletín: 09/09/2010
DOG Diario Oficial de Galicia- Nº 174
Documento: Convocatoria 2010 y Anexos. Descargar Documento