Subvenciones para los programas de desarrollo local.- Convocatoria 2011.

Código de ayuda:

S34737/11

Norma:

RESOLUCIÓN EMO/1467/2011, de 8 de junio.

Plazo de Solicitud:

Desarrollo local y contratación de agentes de empleo: hasta 15/07/11. Prórroga de agentes de empleo: hasta 15/09/11.

Finalidad u objetivo de la ayuda:

Abrir la convocatoria para el ejercicio 2011 para presentar las solicitudes para la obtención de subvenciones públicas destinadas a programas para el desarrollo local en colaboración con entidades locales. Concretamente, fomento del desarrollo local (FDL), contratación de agentes de empleo y
desarrollo local (AODL) y prórroga de los agentes de empleo y desarrollo local.

Categorías Subvención

  • Corporaciones Locales
  • Empleo

Localización del organismo gestor

Cataluña

Convoca:

Servicio Público de Empleo de Catalunya - SOC (Cataluña)

¿Cuánto dinero puedes obtener con esta ayuda?

1.- Programa de fomento del desarrollo local:

La cuantía total de la subvención podrá ascender hasta el 70% del coste total de las acciones de fomento del desarrollo local, con un límite máximo de 12.020,24 euros para cada una de las acciones subvencionadas.

2.- Programas de contratación de agentes de empleo y desarrollo local y prórroga de los agentes de empleo y desarrollo local:

La cuantía subvencionable podrá ascender hasta el 80% de los costes laborales
totales anuales de los agentes de empleo y desarrollo local, incluida la cotización empresarial en la Seguridad Social por todos los conceptos, con un máximo de 27.045,55 euros anuales por cada contratación subvencionada.

Beneficiarios. ¿Quién puede solicitar esta ayuda?

  • Ayuntamientos/Municipios
  • Organismos / Entidades Públicas

Detalle beneficiarios:

Las entidades locales de Cataluña, sus organismos autónomos y las entidades con competencia en materia de desarrollo local y de promoción del empleo, dependientes o vinculadas a aquéllas.

¿Qué gastos o inversiones que realices te pueden subvencionar?

1.- En el marco del programa de fomento del desarrollo local se pueden subvencionar los gastos elegibles correspondientes a las acciones realizadas con medios ajenos que se indican a continuación:

a) Estudios e informes: el coste de los estudios o los informes objeto de la subvención.

b) Campañas: los materiales producidos, dípticos, folletos, publicaciones, revistas, anuncios de prensa y otro material gráfico de difusión y publicidad, siempre que no se trate de la finalidad misma de la acción y responda a la estrategia de desarrollo del territorio.

c) Jornadas y seminarios: los honorarios de los ponentes, y sus desplazamientos y las dietas; la edición de materiales, el diseño y la impresión; la publicidad; el alquiler de instalaciones; los proyectores; la traducción simultánea; el marketing para la investigación de asistentes, así como los gastos de organización y de coordinación, si procede, y sólo para la parte subcontratada.

d) Intercambios de conocimientos y de experiencias: desplazamientos y dietas de las personas participantes, edición de productos derivados del intercambio, gastos de organización y de coordinación.

2.- En el marco de los programas de contratación de agentes de empleo y
desarrollo local y prórroga de los agentes de empleo y desarrollo local las acciones que se pueden subvencionar son la contratación de agentes de empleo y desarrollo local y la prórroga de los agentes de empleo y desarrollo local, para que lleven a cabo un plan de trabajo específico, dentro de un plan estratégico o de acción de desarrollo económico local de la entidad o entidades solicitantes.

Documentos asociados

Boletín: 17/06/2011
DOGC Diario Oficial de la Generalitat de Cataluña- Nº 5902
Documento: Convocatoria 2011. Descargar Documento